Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional Artículo 51 Colombia
Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional
Artículo 51. Reglamentos de los centros de arbitraje
Cada centro de arbitraje expedirá su reglamento, sujeto a la aprobación del Ministerio de Justicia y del Derecho, que deberá contener:1. El procedimiento para la conformación de las listas de árbitros, amigables componedores y secretarios, los requisitos que ellos deben reunir, las causas de su exclusión, los trámites de inscripción, y la forma de hacer su designación.
2. Las tarifas de honorarios de árbitros y secretarios.
3. Las tarifas de gastos administrativos.
4. Los mecanismos de información al público en general relativa a los procesos arbitrales y las amigables composiciones.
5. Las funciones del director.
6. La estructura administrativa.
7. Las reglas de los procedimientos arbitrales y de amigable composición, con el fin de que estos garanticen el debido proceso.
Colombia Art. 51 Se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones
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Si el empleador usa las cámaras de seguridad para vigilar a sus empleados, controlar cuantas veces se desplaza al baño, enfocar sus conversaciones de whatsap ,cual es el límite?, hay alguna sentencia o cencepto que lo regule ?, es completamente legal ? ya que podríamos estar hablando de acoso laboral disfrazados de control interno ?
En el caso del segundo párrafo de este artículo 2003 del código civil que habla sobre la responsabilidad del arrendatario en la finalización del contrato, nótese que se indica que el arrendatario podrá PROPONER. Es decir, no es obligación del arrendador continuar con el nuevo arrendatario que propone el arrendatario anterior. Si las condiciones de garantía, seguridad etc. del nuevo arrendatario, no son suficientes para el arrendador, este podrá decidir no aceptarlo y cobrar la indemnización que acá se menciona.
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Buena tarde, por favor me pueden colaborar, en mi conjunto me han llamado la atención y amenazan con sancionarme porque mi perro que es pequeño ladra mucho, su único espacio para ventilarse es el balcón de mi apartamento, qué puedo hacer?, muchas gracias
Buenos días, mi vecino sembró un pino justo en la línea divisoria entre su andén y el mío, hace 2 años sufrí un derrame cerebral y no pude regresar a casa y hoy que regreso su pino está ya muy grande y no me deja abrir mi reja para entrar mi auto ni tampoco tengo visibilidad y me dice mi vecino que no puede podarlo porque pierde la forma su pino, le he pedido muchas veces que lo pode y me dice que no lo va a podar. que debo hacer por favor ??
Este artículo 975 y el artículo 976 del Código de Comercio, fueron derogados por la Ley 256 de 1996 que regula la competencia desleal en Colombia.
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