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La Nación se asocia a la reconstrucción social del municipio de Bojayá Artículo 2o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/01/2025

La Nación se asocia a la reconstrucción social del municipio de Bojayá
Artículo 2o.

Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación, y/o impulsar a través del sistema nacional de cofinanciación, apropiaciones presupuestales por valor de veinte mil millones de pesos, que permitan la ejecución de las siguientes obras:

1. Canalización y destaponamiento de las bocas del río Atrato.

2. Construcción y dotación de escuelas y colegios en el municipio de Bojayá.

3. Construcción y dotación del hospital de primer nivel en Bellavista.

4. Construcción y dotación de la biblioteca pública municipal de Quibdó.

5. Construcción de la villa olímpica y recreativa de Quibdó.

6. Terminación de la carretera Bajirá-Río Sucio-Curvaradó.

7. Terminación de la carretera que une al Darién chocoano entre Unguía y Acandí, sector Balboa-Peñalosa-San Miguel, municipio de Acandí.

8. Terminación de la interconexión Chigorodó-Río Sucio.

9. Programas de vivienda de interés social en los municipios de Bojayá y Río Sucio.

PARÁGRAFO. El treinta por ciento (30%) de los recursos de que trata esta ley será invertido en proyectos productivos. Dichos proyectos deberán ser concertados con los consejos comunitarios, las comunidades indígenas y las autoridades locales de Bojayá, Río Sucio, Acandí y Unguía.

Colombia Art. 2o La Nación se asocia a la reconstrucción social del municipio de Bojayá y su área de influencia y, se dictan otras disposiciones
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Buenas tardes si mi periodo de vacaciones fue del 24 de diciembre al 13 de enero, me deben pagar el 31 de diciembre?


Es importante recordar que la falta de restitución después de la fecha de terminación del contrato, no extiende el término del mismo, ya que este se extingue por ley en la fecha que se pactó finalizaría. Lo anterior aunque subsistan obligaciones derivadas del contrato que no se hayan resuelto después de dicha fecha. Esto no aplica si el contrato indica de manera expresa lo contrario.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

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que ley me ampara para hacer efectiva la obligacion de una deuda que una empresa legalmente costituida me a deuda y se niega a pagar ?


Cuando el recurso de apelación no se da dentro de los terminos legales, ni se justica el por qué de la demora, que puede pasar frente a la ley


Sobre lo indicado en el artículo 2005 del código civil, es importante recordar que la falta de restitución después de la fecha de terminación del contrato, no extiende el término del mismo, ya que este se extingue por ley en la fecha que se pactó finalizaría. Lo anterior aunque subsistan obligaciones derivadas del contrato que no se hayan resuelto después de dicha fecha. Esto no aplica si el contrato indica de manera expresa lo contrario.


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