Se dictan normas relacionadas con la rehabilitación integral de los miembros de la Fuerza Pública, alumnos de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y sus equivalentes en la Policía Nacional, personal civil del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares y personal no uniformado de la Policía Nacional (Normas relacionadas con la rehabilitación integral de los miembros de la Fuerza Pública) Colombia
Normas relacionadas con la rehabilitación integral de los miembros de la Fuerza Pública
- Artículo 1o. La rehabilitación integral comprende elementos terapéuticos,...
- Artículo 2o. Fase de rehabilitación funcional
- Artículo 3o. Fase de rehabilitación
- Artículo 4o. La rehabilitación integral de que trata esta ley entrará en...
- Artículo 5o. Sin perjuicio de los derechos establecidos en la Constitución , en...
- Artículo 6o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga...
Otras regulaciones
Se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad Se rinde homenaje al eximio general y mártir de la Patria Rafael Uribe Uribe Acuerdo de Cooperación Operativa y Estratégica Entre la República de Colombia y la Oficina Europea de Policía Se aprueba el Tratado sobre traslado de personas condenadas para ejecución de sentencias penales Se rinde homenaje a la memoria, vida y obra del intelectual, librepensador y escritor antioqueño Manuel Mejía VallejoMejores juristas





Buenas! Tengo una pregunta ¿cuales son las excepciones establecidas por la ley? Pues es de lo que habla el articulo y quisiera saber..
que paso si los padres no cumplen esta ley
Buenos días, me impusieron un comparendo el 20 de diciembre de 2019, hice derecho de petición el 26 de diciembre del mismo año, la resolución y fallo se dictaron el 22 de febrero del 2021. Mi pregunta es, aplica la CADUCIDAD ya que dicho comparendo no fue resuelto durante el año que dicta el artículo 161 de la ley 769 del 2002.
explicacion del articulo 34
Llevo 5 años laborando para una empresa con contrato a termino indefinido, pero únicamente he recibido dotación 2 veces en todo este tiempo. Al principio ignoraba esta situación como empleado. ¿Es posible hacer algo al respecto en este momento?
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