Se asignan unas funciones a los Notarios (Se asignan unas funciones a los Notarios) Colombia
Se asignan unas funciones a los Notarios
- Artículo 1o. Declaración de la posesión regular
- Artículo 2o. Requisitos
- Artículo 3o. Título aparente
- Artículo 4o. Prueba de la posesión material
- Artículo 5o. Contenido de la solicitud
- Artículo 6o. Documentos anexos
- Artículo 7o. Registro
- Artículo 8o. Inscripción en el folio de matrícula del inmueble
- Artículo 9o. Excepciones a la inscripción de la declaración de posesión regular
- Artículo 10. Declaratoria de prescripción adquisitiva
- Artículo 11. Admisión y notificaciones
- Artículo 12. Conciliación
- Artículo 13. Ausencia de oposiciones y acuerdo conciliatorio
- Artículo 14. Mala fe
- Artículo 15. Sistema de reparto y matrícula inmobiliaria
- Artículo 16. Afectación a vivienda familiar
- Artículo 17. Bienes imprescriptibles
- Artículo 18. Subsidios de vivienda
- Artículo 19. Impuesto de registro
- Artículo 20. Promoción y asesoramiento
- Artículo 21. Solicitud de documentos
- Artículo 22. Vigencia y derogatorias
Mejores juristas





Con el debido respeto hay algunos jueces que hacen una interpretación errada del inciso 4?? del articulo 118 cgp pues siendo tan clara la disposición en comento sin haberse decidido los recursos reposición y apelación contra un auto admisorio dela demanda deciden cuestiones como por ejemplo correr traslados de excepciones que equivocadamente se interpusiern, aceptar reformas de demanda y lo peor niegan los terminos que señala la norma para contesarla, hacen uan serie de actuaciones procesales desde luego todas viciadas de irregularidad y nulidada pues no se han decidido los recursos una vez decididos el termino que esta interrumpido comenzara a correr integramente a la notificación de la decisión de la impugnacion. Se equipara la interrupcion con la suspension que son diametralmente opuestos en sus efectos legales aquel comienza el termino integramente la suspension se reanuda por el termin restante o faltante de cumplir.
Las reuniones de empalme del consejo de administración tienen como objetivo garantizar la continuidad en la gestión administrativa y la transferencia de información relevante entre los miembros salientes y entrantes del consejo. Aunque no se menciona explícitamente en la ley 675 la obligación del revisor fiscal de asistir a estas reuniones, su participación se deduce de las obligaciones generales del contador derivadas de la ley 43 de 1990,para así garantizar que los aspectos financieros y administrativos sean correctamente documentados y transferidos.
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Y si no hay sindicato ni pacto que se debe hacer?
Debe asistri el revisor fiscal a la reunion de empalme del consejo de administracion?
En principio no existe una norma general que permita autorizar un pagaré mediante una llamada telefónica ante un banco. Sin embargo, esto podría ser posible si está expresamente pactado en el contrato entre el cliente y la entidad financiera, y si se cumplen los requisitos legales y técnicos establecidos en las normas aplicables, como la Ley 527 de 1999 y las demás disposiciones sobre títulos valores electrónicos.
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