Se crea la política para prevenir la pérdida y el desperdicio de alimentos (Se crea la política para prevenir la pérdida y el desperdicio de alimentos) Colombia
Se crea la política para prevenir la pérdida y el desperdicio de alimentos
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Ámbito de aplicación
- Artículo 3o. Priorización de acciones para reducir pérdidas y desperdicios de alimentos para consumo humano
- Artículo 4o. Priorización de acciones para reducir pérdidas y desperdicios de alimentos para consumo animal
- Artículo 5o. Política contra la pérdida y desperdicio de alimentos
- Artículo 6o. Objetivos de la política contra la pérdida y el desperdicio de alimentos
- Artículo 7o. Medidas contra la ineficiencia en la cadena de suministro de alimentos
- Artículo 8o. Medidas para prevenir la pérdida y el desperdicio de alimentos destinados al consumo humano
- Artículo 9o. Personas beneficiarias
- Artículo 10. Medidas para la aplicación de la política contra la pérdida y desperdicio de alimentos destinados al consumo animal
- Artículo 11. Disposición de alimentos para consumo humano o animal producto de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la nación
- Artículo 12. Formación en la etapa de producción
- Artículo 13. Semana de la reducción de pérdidas o desperdicios de alimentos
- Artículo 14. Sistema de medición
- Artículo 15. Deber de reporte de datos y estadísticas
- Artículo 16. Publicación
- Artículo 17. Régimen sancionatorio frente al desperdicio de alimentos
- Artículo 18. Limitación de la responsabilidad
- Artículo 19. Vigencia
Mejores juristas
ABOGADOS COLOMBIA Universidad Nacional
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Pregunta:un juez me nombro DIPUTADA para recibir unos dineros en mi cuenta de ahorros y luego transferirlos a otra persona. Estoy preocupada porque no se como se maneja el tema en la parte tributaria. Si estos dineros me gravan para declarar renta, teniendo en cuenta que no es mio ese dinero? Gracias
El artículo 91 de la Ley 633 de 2000 indica expresamente que "Todas las páginas Web y sitios de Internet de origen colombiano que operan en el Internet y cuya actividad económica sea de carácter comercial, financiero o de prestación de servicios, deberán inscribirse en el Registro Mercantil"
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
El incumplimiento de estas obligaciones, acarrea las sanciones indicadas en el art 58 de este mismo código.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Para una mejor comprensión del régimen de sanciones a comerciantes que incumplan sus obligaciones, recomendamos leer la LEY No. 2195 DE 2022, que ADOPTA MEDIDAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PREVENCION Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
La obligación del numeral 5 de este artículo, debemos entenderla en el marco de lo ordenado por la Ley 1116 de 2006 que regula el proceso de reorganización y el proceso de liquidación judicial. Que fue complementada por la Ley 2437 de 2024, con el proceso de reorganización abreviado, la liquidación simplificada y un nuevo procedimiento de recuperación empresarial ante las cámaras de comercio. Y con lo indicado en la ley 2445 de 2025, sobre la insolvencia de personas naturales comerciantes con activos totales inferiores a mil (1.000) SMMLV. Normas todas que buscan atender la situación de los comerciantes que se encuentren en apuros para responder por sus obligaciones.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios