Se declara de interés social nacional y como prioridad sanitaria la erradicación de la fiebre aftosa en todo el territorio colombiano y se dictan otras medidas encaminadas a este fin (Se declara de interés social nacional y como prioridad sanitaria la erradicación de la fiebre aftosa) Colombia
Se declara de interés social nacional y como prioridad sanitaria la erradicación de la fiebre aftosa
- Artículo 1o. De la erradicacion de la fiebre aftosa como interes social nacional
- Artículo 2o. De la inclusion en los planes de desarrollo de las actividades encaminadas a la erradicacion de fiebre aftosa
- Artículo 3o. De los principios de concertacion y cogestion
- Artículo 4o. De la comision nacional
- Artículo 5o. Funciones de la comision nacional
- Artículo 6o. Funciones del ica
- Artículo 7o. De las organizaciones de ganaderos y otras
- Artículo 8o. Expedicion de guias de movilizacion y licencia sanitaria
- Artículo 9o. Del registro unico de vacunacion
- Artículo 10. De la vigilancia epidemiologica
- Artículo 11. De las zonas de vacunacion
- Artículo 12. De los requisitos de movilizacion
- Artículo 13. De la intervencion en la movilizacion de animales
- Artículo 14. Del trato preferencial a los insumos para vacunas
- Artículo 15. Del control sobre el biologico
- Artículo 16. De los recursos del programa nacional de erradicacion de la fiebre aftosa
- Artículo 17. De las sanciones
- Artículo 18. De la responsabilidad
- Artículo 19. Venta de activos
- Artículo 20. De la vigencia
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Buenas tardes si mi periodo de vacaciones fue del 24 de diciembre al 13 de enero, me deben pagar el 31 de diciembre?
Es importante recordar que la falta de restitución después de la fecha de terminación del contrato, no extiende el término del mismo, ya que este se extingue por ley en la fecha que se pactó finalizaría. Lo anterior aunque subsistan obligaciones derivadas del contrato que no se hayan resuelto después de dicha fecha. Esto no aplica si el contrato indica de manera expresa lo contrario.
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que ley me ampara para hacer efectiva la obligacion de una deuda que una empresa legalmente costituida me a deuda y se niega a pagar ?
Cuando el recurso de apelación no se da dentro de los terminos legales, ni se justica el por qué de la demora, que puede pasar frente a la ley
Sobre lo indicado en el artículo 2005 del código civil, es importante recordar que la falta de restitución después de la fecha de terminación del contrato, no extiende el término del mismo, ya que este se extingue por ley en la fecha que se pactó finalizaría. Lo anterior aunque subsistan obligaciones derivadas del contrato que no se hayan resuelto después de dicha fecha. Esto no aplica si el contrato indica de manera expresa lo contrario.
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