Imprimir

Se declara el juego al turmeque (tejo) como patrimonio cultural inmaterial de la nacion Artículo 4 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se declara el juego al turmeque (tejo) como patrimonio cultural inmaterial de la nacion
Artículo 4. Autorizaci6n presupuestal

Autorfcese al Gobierno nacional, departamental y municipal la destinaci6n de las apropiaciones presupuestales necesarias para la ejecuci6n de las siguientes acciones, obras e intervenciones de interes social y de utilidad publica :

1.Garantizar la protecci6n, rescate, promoci6n y difusi6n de la manifestaci6n cultural y deportiva del Juego al Turmeque (Tejo) .

2.Promocionar el Juego al Turmeque (Tejo), para fortalece!• el sentido de pertenencia, arraigo e identidad Nacional en sus manifestaciones culturales
y deportivas.

3.Promoverla   investigaci6n,historia,   y   el   rescate   y   fusion   de   las  tradiciones del Juego al Turmeque (Tejo), para que perduren en el tiempo y se transmitan de generaci6n en generaciòn.

4.Construir  y  dotar  escenarios  con infraestructura  y espacio; adecuados  en cada uno de los Oepartamentos que cuenten con liga registrada y vigente ante la Federaci6n Colombiana de Tejo (Fedetejo) para realizar eventos y Olimpiadas Nacionales e lnternacionales del Juego al Turmeque (Tejo).

5.Apoyar el Festival Nacional del Juego al Turmeque (Tejo)  que se realiza en el municipio de Turmeque (Boyaca) .

6.Apoyar el Reinado Nacional del Juego al Turmeque (Tejo). que se realiza Ien  el municipio  de Turmeque   (Boyaca).



Colombia Art. 4 Se declara el juego al turmeque (tejo) como patrimonio cultural inmaterial de la nacion
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1 2 3 4 5 6 7

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?


Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.

Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal


Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse