Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1997 (Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fi) Colombia
Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1997
- Artículo 1o. Fíjase los cómputos del presupuesto de rentas y recursos...
- Artículo 2o. PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES
- Artículo 3o. Las disposiciones generales de la presente ley son complementarias de la Ley...
- Artículo 4o. Las disposiciones generales rigen para los órganos que conforman el...
- Artículo 5o. El Gobierno Nacional podrá emitir títulos de Tesorería...
- Artículo 6o. La Dirección General de Crédito Público del Ministerio...
- Artículo 7o. Los ingresos corrientes de la Nación y aquellas contribuciones y...
- Artículo 8o. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la...
- Artículo 9o. Prohíbese tramitar actos administrativos u obligaciones que afecten el...
- Artículo 10. Los compromisos y las obligaciones de los establecimientos públicos...
- Artículo 11. Cuando se provean empleos vacantes se requerirá del certificado de...
- Artículo 12. La propuesta de modificación a las plantas de personal...
- Artículo 13. Las Juntas o Consejos Directivos y Consejos Superiores de las Entidades...
- Artículo 14. Las obligaciones por concepto de servicios médico-asistenciales,...
- Artículo 15. Los recursos destinados a programas de capacitación y bienestar social...
- Artículo 16. Ningún funcionario podrá devengar en dólares...
- Artículo 17. La Dirección General del Presupuesto Nacional será la...
- Artículo 18. El Plan de Compras se entenderá aprobado al momento de incluir las...
- Artículo 19. Ningún órgano podrá contraer compromisos que impliquen...
- Artículo 20. En la distribución de los ingresos corrientes de la Nación para...
- Artículo 21. Los recursos de los municipios, provenientes de la participación en...
- Artículo 22. El porcentaje de la cesión del impuesto a las ventas asignado a las...
- Artículo 23. Los órganos de que trata el artículo 4º de la presente Ley...
- Artículo 24. Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos,...
- Artículo 25. El representante legal y el ordenador del gasto de los órganos que...
- Artículo 26. Con el fin de proveer el saneamiento económico y financiero de todo...
- Artículo 27. Autorízase al Gobierno Nacional a redimir por su valor nominal en el...
- Artículo 28. Los compromisos adquiridos con cargo a las apropiaciones disponibles que...
- Artículo 29. Cuando exista apropiación presupuestal en el servicio de la deuda...
- Artículo 30. Cuando un órgano requiera celebrar compromisos que cubran varias...
- Artículo 31. Los recursos necesarios para desarrollar las actividades del artículo...
- Artículo 32. El Gobierno Nacional en el decreto de liquidación clasificará y...
- Artículo 33. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección...
- Artículo 34. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en concordancia con...
- Artículo 35. Los rendimientos financieros originados con recursos del Presupuesto...
- Artículo 36. Los rendimientos financieros que generen las inversiones con recursos de los...
- Artículo 37. El Ministerio de Hacienda Dirección General del Presupuesto Nacional...
- Artículo 38. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección...
- Artículo 39. La representación legal y la ordenación del gasto del servicio...
- Artículo 40. El servidor público que reciba una orden de embargo sobre los recursos...
- Artículo 41. Constituidas las cuentas por pagar y las reservas presupuestales de la...
- Artículo 42. Las reservas presupuestales correspondientes al año fiscal de 1996 que...
- Artículo 43. El Gobierno podrá financiar en el Presupuesto de Inversión del...
- Artículo 44. Dadas las limitaciones presupuestales y de conformidad con los...
- Artículo 45. Los recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación con...
- Artículo 46. En cumplimiento de las normas constitucionales y legales, se incluyan en el...
- Artículo 47. Con los recursos de los fondos locales de las localidades del DC de...
- Artículo 48. CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE
- Artículo 49. El Gobierno Nacional al expedir el decreto de liquidación del...
- Artículo 50. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación y surte...
Otras regulaciones
Se rinde homenaje a la memoria del honorable ciudadano y ex Congresista Luis Guillermo Vélez Trujillo Se crea el Fondo de Solidaridad Agropecuario, se conceden unas autorizaciones Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes Se declara patrimonio cultural de la nación el Carnaval del Perdón y la Reconciliación del Valle del Sibundoy Fondo Nacional para la Reposición del Parque Automotor del Servicio Público de Transporte TerrestreMejores juristas





Buenos días, mi papá falleció hace un año, el constituyó una empresa con su segunda esposa, el porcentaje para la esposa es del 52%, mi papá tenía un 16% y sus 2 hijas cada una 16%, a otra hija no la incluyó en la empresa. Cómo se haría el juicio de sucesión? Deben sumar los porcentajes de él y la esposa o solo entra al juicio de sucesión el 16% que tenía él en la empresa?
si soy un trabajador independiente y sufro un accidente en mi propia empresa se considera accidente de trabajo
Hola cordial saludo mi pregunta es qué pasa si la policía tiene mi número de cédula sin consentimiento alguno y la pasan a la dijin eso es legal o ilegal
soy representante legal de un local y pago seguridad social puedo yo como representante legal ser empleado de mi misma empresa
Buenas tardes, hace ya varios días arrendé un apartamento a través de una inmobiliaria, pero en el momento de hacer uso del inmueble este comenzó a presentar fallas en una de las tuberías de desagüe lo que está generando no solo humedades sino goteo excesivo y en la mayor parte de los casos encharcamiento en la planta de abajo. Le he comunicado este problema en varias oportunidades a la inmobiliaria y la única solución que me han brindado es enviar a su propio fontanero para que realice las reparaciones, pero estas son mediocres y no las que realmente se requieren para que el problema se detenga. Estas reparaciones se han hecho casi que una vez por semana y aun sigo sin una solución definitiva. A este punto ya me encuentro cansado de esta situación y quisiera saber si esto puede llegar a ser causal de terminación de nuestro contrato sin tener que ser penalizado, ya que por dichas fugas de agua hacen que sea realmente difícil habitar este apartamento. Muchas gracias por su atención y respuesta.
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