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Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fi Artículo 126 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2021
Artículo 126.

Desahorro del Fondo Nacional de Pensiones de · las Entidades Territoriales FONPET. as entidades territoriales que hayan alcanzado la cobertura establecida en el inciso primero del articulo 6 de la ey 549 de 1999, de su pasivo pensional en el Sector Propósito General del FONPET, podrán solicitar los recursos que supere11 dicho porcentaje con que cuentan en el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales FONPET registrado a 31 de diciembre de 2019 dentro del Sistema de Información del Fonpet -SIF-, para que sean destinados por la entidad territorial para ejecutar gastos de inversión y de funcionamiento de la Administración, Para los fines previstos, los gastos de funcionamiento no podrán ser asumidos con los recursos ahorrados en las Fuentes de Transferencias del Sistema General de Participaciones, el Sistema General de Regalías y los recursos de Regalías del régimen anterior, 

  

Los recursos de excedentes de fuente Sistema General de Regalías se deben ejecutar de acuerdo a las normas vigentes en la materia, en especial se deberá respetar la destinación prevista en el parágrafo 4 del artículo 361 de la Constitución Política, · 

  

PARÁGRAFO 1o. El desahorro a que se refiere el presente artículo incluirá los recursos excedentes por cubrimiento del pasivo pensiona! en el Sector Propósito General del FONPET, el cual solo es aplicable en el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -FONPET- para aquellas Entidades Territoriales que están cumpliendo con los requisitos de ley y que no tengan obligaciones pensionales con los Sectores Salud y Educación en el FONPET o que las tengan financiadas en un 100%. 

  

PARÁGRAFO 2o. Para las entidades territoriales que en la vigencia 2019 hayan enviado al menos una vez la información de sus historias laborales a PASIVOCOL o que en las tres últimas vigencias no hayan. 



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