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Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fi Artículo 123 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2016
Artículo 123.

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2016.

El Presidente del Honorable Senado de la República,

LUIS FERNANDO VELASCO CHAVES.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

GREGORIO ELJACH PACHECO.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

ALFREDO RAFAEL DELUQUE ZULETA.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de noviembre de 2015.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

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