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Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2019 al 3 Artículo 4o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020
Artículo 4o. Presupuesto de las asignaciones a los fondos y beneficiarios del sistema general de regalías

De conformidad con el monto del Sistema General de Regalías definido en el artículo segundo, autorícese gastos con cargo a las asignaciones a los fondos y beneficiarios del Sistema General de Regalías durante el bienio del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020 por la suma de quince billones quinientos sesenta y un mil trescientos treinta y nueve millones cuatrocientos sesenta y nueve mil ciento setenta y cuatro pesos moneda legal ($15.561.339.469.174), según el siguiente detalle:















PARÁGRAFO 1o. Fondo de Compensación Regional. En el SUBCAPÍTULO 3, correspondiente al Fondo de Compensación Regional, se incorporan la totalidad de las autorizaciones máximas de gasto estimadas para el bienio 2019-2020, las cuales se encuentran distribuidas en proyectos regionales 60% y en proyectos locales 40%.

PARÁGRAFO 2o. Recursos destinados para el Ahorro Pensional Territorial. En el SUBCAPÍTULO 5, correspondiente al Ahorro Pensional Territorial, se incorporan la totalidad de los recursos para ahorro pensional territorial estimados para el bienio 2019-2020, los cuales se encuentran distribuidos por Departamentos y Municipios.

Mediante documento Anexo número 3, que hace parte integral de la presente ley, se detallan los recursos asignados para el Ahorro Pensional Territorial en departamentos y en municipios.

PARÁGRAFO 3o. Fondo de Desarrollo Regional. En el SUBCAPÍTULO 2, correspondiente al Fondo de Desarrollo Regional se incorporan la totalidad de las autorizaciones máximas de gasto estimadas para el bienio 2019-2020, las cuales se encuentran distribuidas en proyectos de inversión y en compensación asignaciones directas.

PARÁGRAFO 4o. Mediante documento Anexo número 2, que hace parte integral de la presente ley, se detallan los recursos del Fondo de Compensación Regional distribuidos según lo dispuesto por los numerales 1 y 2 del artículo 34 de la Ley 1530 de 2012.

PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS Y COMPENSACIONES DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.

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