Se decreta el presupuesto del sistema general de regalías para el bienio del 1° de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022 (Se decreta el presupuesto del sistema general de regalías para el bienio del 1° de enero de 2021 al ) Colombia
Se decreta el presupuesto del sistema general de regalías para el bienio del 1° de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022
- TÍTULO I
PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
- Artículo 1. Presupuesto de ingresos del Sistema General de Regalías....
- Título II
Presupuesto De Gastos Del Sistema General De Regalías
Capítulo I
Monto Total Del Presupuesto De Gastos Del Sistema General De Regalías
- Artículo 2. Presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías
- CAPÍTULO II
PRESUPUESTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS Y EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL (SSEC)
- Artículo 3. Presupuesto para la Administración del Sistema General de Regalías y el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control (SSEC)
- CAPÍTULO III
PRESUPUESTO DESTINADO A LA INVERSIÓN DEL SISTEIVIA GENERAL DE REGALÍAS
- Artículo 4. Presupuesto destinado a la inversión del Sistema General de Regalías
- CAPÍTULO IV
PRESUPUESTO DESTINADO AL AHORRO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
- Artículo 5. Presupuesto destinado al Ahorro del Sistema General de Regalías
- Artículo 6. Incorporación de Rendimientos Financieros
- Artículo 7. Ajuste del Adelanto para la Paz
- Artículo 8. Incorporación de regalías por comercialización de mineral sin identificación de origen en vigencia del Sistema General de Regalías
- TÍTULO III
DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 9. Disposiciones Generales
- Artículo 10. Proyecciones de variables
- Artículo 11. Recursos para la Administración del Sistema General de Regalías
- Artículo 12. Distribución de los recursos destinados al ahorro pensional territorial
- Artículo 13. Correcciones al presupuesto del Sistema General de Regalías
- Artículo 14. Precio base de anticipo de liquidación
- Artículo 15. Saldo del Mayor Recaudo 2017·2018
- Artículo 16. Para garantizar un mayor control de la inversión en las regiones, el...
- Artículo 17. Régimen de inversiones de saldos en cuentas maestras
- Artículo 18. Inversión en Subregiones PDET
- Artículo 19. El Departamento Nacional de Planeación –DNP-· en...
- Artículo 20. Las entidades territoriales podrán destinar de la. Asignación...
- Artículo 21. Los puertos de servicio privado que paguen una contraprestación a la...
- Artículo 22. Cuando con recursos provenientes del Sistema General de Regalías o de...
- Artículo 23. Con cargo a las Asignaciones Directas, la Asignación para...
- Artículo 24. Vigencia
Otras regulaciones
Convención de Viena sobre el derecho de los tratados internacionales o entre organizaciones internacionales Se declara como Patrimonio Genético Nacional la Raza Autóctona del Caballo de Paso Fino Colombiano Se crea el tipo penal de lesiones personales con sustancias modelantes invasivas e inyectables no permitidas -biopolímeros Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Administrador Ambiental Acuerdo de Cooperación Cultural y Educativa entre la República de Colombia y la República PortuguesaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
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