Se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidad y resiliencia climática y se dictan otras disposiciones (Se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mín) Colombia
Se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidad
- TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3. Pilares de la transición a la carbono neutralidad, la resiliencia climática y el desarrollo bajo en carbono
- Artículo 4. Definiciones
- TÍTULO II
Metas Nacionales para la Carbono Neutralidad, la Resiliencia Climática y el Desarrollo Bajo en Carbono
- Artículo 5. Metas en materia de mitigación
- Artículo 6. Metas en materia de adaptación al cambio climático
- Artículo 7. Metas en materia de medios de implementación
- TÍTULO III
MEDIDAS PARA EL LOGRO DE LAS METAS PAÍS EN MATERIA DE MITIGACIÓN
- Artículo 8. Medidas del Sector Minas y Energía
- Artículo 9. Medidas del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio
- Artículo 10. Medidas del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural
- Artículo 11. Medidas del Sector Comercio, Industria y Turismo
- Artículo 12. Medidas del Sector Transporte
- Artículo 13. Medidas del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible
- Artículo 14. Medidas complementarias en materia de mitigación
- Artículo 15. Otras medidas
- TÍTULO IV
MEDIDAS PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO LOS MERCADOS DE CARBONO
- Artículo 16. Reporte obligatorio de emisiones de GEI (ROE)
- Artículo 17. El artículo 175 de la Ley 1753 de 2015, quedará así: Artículo...
- Artículo 19. Las compensaciones bióticas efectivas y su migración a iniciativas de mitigación de GEI
- Artículo 20. Comisión de estudio para la promoción y desarrollo de los mercados de carbono en Colombia
- Artículo 21. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en caso de encontrar...
- Artículo 22. Fortalecimiento de los mercados de carbono
- TÍTULO V
IMPLEMENTACIÓN, SEGUIMIENTO Y FINANCIACIÓN A LAS METAS Y MEDIDAS PARA EL LOGRO DEL DESARROLLO BAJO EN CARBONO, LA CARBONO NEUTRALIDAD Y RESILIENCIA CLIMÁTICA DEL PAÍS
- Artículo 23. Plan de Implementación y Seguimiento para el desarrollo bajo en carbono, la carbono neutralidad y la resiliencia climática del país
- Artículo 24. Componentes mínimos del Plan de Implementación y Seguimiento para el Desarrollo bajo en Carbono, la Carbono Neutralidad y la Resiliencia Climática del País
- Artículo 25. Articulación del Plan de Implementación y Seguimiento con otros instrumentos de planeación
- TÍTULO VI
OTRAS DISPOSICIONES
- Artículo 26. Sistema Nacional de Áreas de Conservación
- Artículo 27. El Gobierno nacional, los municipios de categoría 1 y especial, las...
- Artículo 28. Créese una Comisión Accidental conformada por el Ministerio de...
- Artículo 29. Los saldos recaudados y no distribuidos a partir de la expedición de...
- Artículo 30. Utilidad pública e interés social de proyectos de hidrógeno verde
- Artículo 31. Registro Nacional de Zonas Deforestadas
- Artículo 32. Fondo Distrital para la Promoción del Ascenso Tecnológico de la Carga Urbana en el Distrito Capital
- Artículo 33. Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico
- Artículo 34. Acreditación para Organismos de Validación y Verificación de GEI y Esquemas de Evaluación de la Conformidad Conexos
- Artículo 35. Deróguese el artículo 10 de la Ley 1955 de 2019, y...
- Artículo 36. Reconocimiento de predios privados como OMEC
- Artículo 37. Créase el Sistema de Protección y Monitoreo de Líderes...
- Artículo 38. Vigencias y derogatorias
Mejores juristas





Opino que no le es dable al curador aceptar la herencia porque eso es disponer del derecho. Como tambien opino que el repudio tampoco le es dable hacerlo.
Los gananciales son la parte que le corresponde a alguien, de los bienes que conforman su sociedad conyugal. Al liquidarse esta, no se entienden los bienes adjudicados como bienes nuevos, ocasionales o extraños, dado que ya se encontraban en una sociedad común y hacían parte del activo de la sociedad conyugal que era propiedad de ambos. Por tanto, los gananciales se tratan como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional para efectos tributarios, por lo que no se paga ningún impuesto por parte de quien los recibe. COntrario a lo que si pasa en la porción marital, la cual si constituye un ingreso nuevo para quien la recibe.
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Buenas tardes
En la empresa que trabajo, nos dijeron que si trabajamos los domingos, y descansamos entre semana, no tenemos derecho a los recargos dominicales, que puedo hacer porque creo que está equivocados pero con que argumentos lo puede hacer?
Recordemos que según el artículo 905 del Código Civil la servidumbre de tránsito puede ser impuesta a favor de predios que no tienen acceso a una vía pública o cuya salida es insuficiente para su explotación adecuada. En estos casos, el propietario del predio puede solicitar la constitución de una servidumbre de tránsito, incluso en contra de la voluntad del propietario del predio por donde pasará el camino.
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Quiero saber si puedo desistir por motivos personales de un proceso judicial donde solicito la declaracio de muerte de mi esposo, porque no sabemos nada de el desde 1996 y que sanciones voy a tener si desisto?
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