Se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras d Artículo 15 Colombia
Se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos
Artículo 15. DEL RÉGIMEN CONTRACTUAL DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS ESTATALES
El parágrafo 1o del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, quedará así:
“Artículo 32.
(...)
“Parágrafo 1o. Los Contratos que celebren los Establecimientos de Crédito, las compañías de seguros y las demás entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades.
En todo caso, su actividad contractual se someterá a lo dispuesto en el artículo 13 de la presente ley”.
Colombia Art. 15 Se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos
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- Por favor les pido que me asesoren. Mi mama tiene un vecino que construyó años después de ella haber encerrado su terreno. El total de los terrenos que fueron loteados estaban completamente en desnivel. En ese tiempo lo que mi mama hizo, relleno su terreno para poder construir sus habitaciones. Pero ella no construyó la parte de atrás, donde colinda con ese vecino. Ella cemento ese suelo y hizo una matera pequeña encima de esa cementada. Entonces ese vecino en cuestión le reclama y ha demandado a mi mama en la inspeccion de policia, por humedad que disque le llega de la casa de mi mama. Ella rehízo el alcantarillado y hasta quito su matera, mismo que había cementado debajo. Ahora reclama que ha perdido arriendos debido a ese problema que el tiene. Como se debiera de proceder? Una recomendacion. Gracias
Buen dia, agradezco me asesoren, estamos cambiando el sistema de citofonia de todo el conjunto, la pregunta es quien debe asumir el costo del telefono(citofono) que queda dentro de cada apartamento ???
gracias
Sobre la oposición a la entrega, recordemos que la oposición presentada en la diligencia de secuestro por parte de los herederos de la parte demandada, no es válida, ya que son personas que quedan vinculadas a la decisión que iba dirigida contra la persona fallecida, por efecto de su condición de herederos. Al respecto puede verse la Sentencia T-367 de 201.
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Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.
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