Se ordena el seguimiento a los convenios internacionales (Se ordena el seguimiento a los convenios internacionales) Colombia
Se ordena el seguimiento a los convenios internacionales
- Artículo 1o. El Gobierno Nacional a través de la Cancillería...
- Artículo 2o. Cada dependencia del Gobierno nacional encargada de ejecutar los Tratados...
- Artículo 3o. El texto completo de la presente ley se incorporará como anexo a todos...
- Artículo 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación. El Presidente...
Otras regulaciones
Normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina Se declara patrimonio cultural de la Nación el Desfile de los Genitores Se dictan normas para el retiro compensado de funcionarios y empleados de la Contraloría General Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Panamá para evitar la doble imposición en la explotación de aeronaves en el transporte aéreo internacionalMejores juristas





Si estando en prisión domiciliaria se es revovada por haber salido del domicilio, pero a su vez se tienen las 3/5 partes para el beneficio de la libertad condicional, esta última se puede solicitar?
Buenas tardes soy persona natural. Es posible presentar una querella como apoderado de la victima. O es obligatorio contar con la representación de un abogado?
buena tarde, puede ser rechazada de plano una demanda al momento de resolver excepciones previas, por según el Juez no estar claro algunos elementos de valor dentro del Juramento estimatorio. Gracias
Para calcular a qué tiempo equivalen tres quintas partes de la pena, se puede usar esta fórmula: X= (Pena impuesta X 3 / 5) o esta fórmula X=(Pena impuesta) X 0.6. No obstante este no es el único requisito, ya que el juez evalúa la pertinencia social y legal de dejar una persona por fuera de prisión, así ya haya cumplido este tiempo encerrada, por ejemplo, analizando su conducta al interior de la prisión etc.
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Es bueno indicar al respecto que existe en Colombia el delito de corrupción privada, este es el artículo 250A del Código Penal, el cual tiene que ver con castigar a quien prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o asesores de una sociedad, asociación o fundación una dádiva o cualquier beneficio no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, en perjuicio de aquella.
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