Acuerdo de cooperación judicial en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Paraguay (Acuerdo de cooperación judicial en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el ) Colombia
Acuerdo de cooperación judicial en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Paraguay
- Artículo 1o. Ambito de aplicación
- Artículo 2o. Alcance de la asistencia
- Artículo 3o. Autoridades centrales
- Artículo 4o. Autoridades competentes para la solicitud de asistencia
- Artículo 5o. Denegación de asistencia
- Artículo 6o. Forma y contenido de la solicitud
- Artículo 7o. Ley aplicable
- Artículo 8o. Confidencialidad y limitaciones en el empleo de la información
- Artículo 9o. Plazos para el trámite de la solicitud
- Artículo 10. Costos
- Artículo 11. Notificaciones
- Artículo 12. Entrega y devolución de documentos oficiales
- Artículo 13. Asistencia en la parte requerida
- Artículo 14. Asistencia en la parte requirente
- Artículo 15. Comparecencia de personas detenidas
- Artículo 16. Garantía temporal
- Artículo 17. Medidas cautelares
- Artículo 18. Otras medidas de cooperación
- Artículo 19. Custodia y disposición de bienes
- Artículo 20. Responsabilidad
- Artículo 21. Legalización de documentos y certificados
- Artículo 22. Solución de controversias
- Artículo 23. Compatibilidad con otros tratados, acuerdos u otras formas
- Artículo 24. Entrada en vigor y denuncia
Mejores juristas





Buenas noches, como estan. Estamos en un proceso de compra de un apto. Se hizo la clausula de arras. El negocio pactado se establecio, que el 80% valor del apto, se iba a tramitar un credito con banco, este tramite se ha demorado por parte de la politicas del banco, pero vamos dentro del proceso. La vendedora nos envio documento, indicando que habiamos incumplido y nos aplica las arras. De parte nuestra hemos cumplido con lo solicitado por el banco, pero hace falta que se confirmen unos examenes medicos para el seguro y de ahi desemboldo y firmas. Por ley, nos pueden aplicar las arras por incumplimiento? cuando el tiempo lo determina el banco, ese no lo podemos cintrolar nosotros. Agradezco la orientacion
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Hola buenas tardes quisiera una sesoria sobre un pago q estaban haciendo de subsidio a mis padres x medio de la caja de compensacion . A mi papa y mama les llegaba dicho subsidio sin ser pensionado mi papa pero a penas llego la pension de mi padre la caja de compensacion siguio pagando el subsidio y ahora me quieren cobrar algo q yo no me gaste y q es culpa de ellos xq para eso el adress se actualiza y mas aun q quieren q yo pague lo q le depositaron a mi madre tambien cuando ella no recibe ninguna pension y a la fecha yo si aporto a la caja de compensacion x medio de me trabajo sin tener ningun tipo de beneficio.
Mediante la tutela 350 de 2025 se reiteró el derecho de los niños, las niñas y los adolescentes a ser escuchados, en los trámites judiciales que directamente los impacten. Se señaló especialmente que la aprobación de los acuerdos sobre el régimen de visitas no debe ser un trámite meramente formal, sino que en ellos los funcionarios están llamados a tener en cuenta la opinión de los menores de edad y el impacto que las medidas puede generar a mediano y a largo plazo en la vida de ellos mismos.
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En una organización sindical de primer grado, se realizó cambio de en los estatutos, respecto a la duración de los periodos de los representantes a Junta Directiva. Varios de ellos, cumplieron los periodos autorizados, (dos periodos) entre ellos presidente y fiscal. El día que se elegía nueva junta directiva, propusieron a la asamblea general la modificación de estatutos, para poder ser reelegidos otro periodo, sin más detalles. Se sometió a votación, y la asamblea aprobó este cambio, y se procedió a la inscripción inmediata de la plancha incluyendo los que ya habían cumplido los dos periodos y claramente sin registrar los cambios a los estatutos en el Ministerio de Trabajo. Es legal esta elección? Tiene efectos retroactivos los cambios aplicados a los estatutos sin que haya nulidad?
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