Convenio de cooperación judicial en materia penal entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay (Convenio de cooperación judicial en materia penal entre la República de Colombia y la República Orie) Colombia
Convenio de cooperación judicial en materia penal entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay
- Artículo 1. Ambito de aplicacion
- Artículo 2. Doble incriminacion
- Artículo 3. Alcance de la asistencia
- Artículo 4. Autoridades centrales
- Artículo 5. Autoridades competentes para la solicitud de asistencia
- Artículo 6. Denegacion de asistencia
- Artículo 7. Forma y contenido de la solicitud
- Artículo 8. Ley aplicable
- Artículo 9. Confidencialidad y limitaciones en el empleo de la informacion
- Artículo 10. informacion sobre el tramite de la solicitud
- Artículo 11. Gastos
- Artículo 12. Notificaciones
- Artículo 13. Entrega y devolucion de documentos oficiales
- Artículo 14. Asistencia en la parte requerida
- Artículo 15. Asistencia en la parte requirente
- Artículo 16. Comparecencia de personas detenidas
- Artículo 17. Garantia temporal
- Artículo 18. Medidas cautelares
- Artículo 19. Otras medidas de cooperacion
- Artículo 20. Custodia y disposicion de bienes
- Artículo 21. Responsabilidad
- Artículo 22. Autenticacion de documentos y certificados
- Artículo 23. Solucion de controversias
- Artículo 24. Compatibilidad con otros tratados, acuerdos u otras formas de cooperacion
- Artículo 25. Entrada en vigor y duracion
Otras regulaciones
La nación se asocia a la celebración de los cien años de la Fundación del Municipio de El Cairo Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Se rinde homenaje al Museo de Arte Moderno de Bogotá Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Honduras Se establece la tasa real de 0% de intereses en los créditos educativos otorgados por el Fondo Nacional de AhorroMejores juristas
Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?
Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
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- Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.
Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
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