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CPC Artículo 459 Colombia


Derogado

Codigo de Procedimiento Civil
Artículo 459. Restitucion del bien demandado e indemnizaciones

<Artículo derogado por el literal c) del artículo 626 de la Ley 1564 de 2012. Rige a partir del 1o. de enero de 2014, en los términos del numeral 6) del artículo 627> El superior que revoque la sentencia que decretó la expropiación, ordenará que el inferior ponga de nuevo al demandado en posesión o tenencia de los bienes, si la entrega de éstos se hubiere efectuado, y condenará al demandante a pagarle los perjuicios causados, incluido el valor de las obras necesarias para restituir las cosas al estado que tenían en el momento de la entrega.

La liquidación de los perjuicios se hará en la forma indicada en el artículo 308 y se pagarán con la suma consignada a que se refiere el inciso primero del artículo 456. Concluido el trámite de la liquidación, se entregará al demandante el saldo que quede a su favor.



TÍTULO XXV. DESLINDE Y AMOJONAMIENTO



Colombia Art. 459 Codigo de Procedimiento Civil
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De acuerdo al artículo 157inciso 3º de la Ley 906 de 2004, los treinta (30) días mencionados en este artículo 106 se contabilizan en días hábiles, ya que se trata de un asunto propio del juez de conocimiento. Esto por la necesidad de garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación integral, asegurando un tiempo suficiente para un proceso justo y efectivo.


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Segun el númeral 9 del artículo 125 del Codigo de Procedimineto Penal, quienes son los técnicos e investigadores autorizados por la ley?


El artículo 476 del Código Sustantivo del Trabajo establece que el trabajador puede exigir su reintegro o el reconocimiento y pago de los perjuicios causados con el despido injusto, por lo tanto, la decisión recae en el trabajador, no en el empleador ni en el juez, salvo en situaciones específicas donde la convención colectiva dispongan lo contrario.


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Recordemos que según el Decreto 0500 de 2024, se declaró el tercer viernes de abril de cada año como el "Día Cívico de la Paz con la Naturaleza", en reconocimiento a la protección de los recursos naturales. Este día será considerado no hábil laboralmente, lo que implica la suspensión de actividades laborales y de atención al público en entidades públicas del orden nacional


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En el caso de que yo trabaje las 46 horas ordinarias de lunes a sábado, el día domingo todas las horas serian extras con recargo de 100% y no de 75%, el recargo de 75% solo se haría cuando es hora ordinaria, es decir que haga parte de las horas establecidas por ley semanales, por ejemplo un festivo entre semana


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