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Código Civil Artículo 673 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Código Civil
Artículo 673. Modos de adquirir el dominio

Los modos de adquirir el dominio son la ocupación, la accesión, la tradición, la sucesión por causa de muerte y la prescripción.

De la adquisición de dominio por estos dos últimos medios se tratará en el libro de la sucesión por causa de muerte, y al fin de este Código.

 

DE LOS BIENES DE LA UNION

Colombia Art. 673 CC
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Los comentarios de los usuarios

¿Existen otros modos de adquirir el dominio además de los enumerados en el artículo 673 del Código Civil colombiano?

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