Código Civil Artículo 673 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/11/2025
Código Civil
Artículo 673. Modos de adquirir el dominio
Los modos de adquirir el dominio son la ocupación, la accesión, la tradición, la sucesión por causa de muerte y la prescripción. De la adquisición de dominio por estos dos últimos medios se tratará en el libro de la sucesión por causa de muerte, y al fin de este Código.
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Colombia Art. 673 CC
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
01/09/24 13:30:15
¿Existen otros modos de adquirir el dominio además de los enumerados en el artículo 673 del Código Civil colombiano?
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