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Código Civil Artículo 825 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/04/2025

Código Civil
Artículo 825. Modos de constitucion

El derecho de usufructo se puede constituir de varios modos:

1o.) Por la ley, como el del padre de familia, sobre ciertos bienes del hijo.

2o.) Por testamento.

3o.) Por donación, venta u otro acto entre vivos.

4o.) Se puede también adquirir un usufructo por prescripción.

Colombia Art. 825 CC
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Los comentarios de los usuarios

en el caso de tener un proceso de pertenencia para la prescripción adquisitiva de dominio anterior a la adquisición del bien por parte de los interesados en la propiedad que derecho prima sobre el usufructo del bien

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