Código Civil Artículo 950 Colombia
Código Civil
Artículo 950. Titular de la accion
La acción reivindicatoria o de dominio corresponde al que tiene la propiedad plena o nuda, absoluta o fiduciaria de la cosa.
Colombia Art. 950 CC
Mejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Inicia un proceso policivo por perturbación a la posesión , hay que tener en cuenta el tiempo en que estas personas estan en el predio por que pueden reclamar el predio si cumplen los requisitos de la posesión regular.
si tengo las escrituras de un predio o lote, he pagado los impuestos prediales y ante la supertintendencia de notariado y registro soy el propietario, los invasores de mi predio me lo pueden quitar, como hago para sacarlos de ahi, si ellos estan demandando por prescripcion de dominio.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios