Código de Minas Artículo 175 Colombia
Código de Minas
Artículo 175. División del título
Cuando hubiere división material del área objeto del título minero por cesión en favor de un tercero, éste, sin ningún requisito o gestión adicionales, tendrá derecho al uso de las servidumbres que fueren necesarias para la explotación de la zona cedida, en las mismas condiciones en que fueron establecidas para el área inicialmente amparada con dicho título.
Colombia Art. 175 Código de Minas Ley 685 de 2001
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A diferencia de otras prestaciones que se consideran derechos adquiridos incondicionales, el derecho al auxilio de cesantía no es absoluto.
excelente
Las aseguradoras pueden cobrar el SOAT por debajo de lo establecido por la SFC? Si no y por que?
A diferencia de otras prestaciones que se consideran derechos adquiridos incondicionales, el derecho al auxilio de cesantía no es absoluto. El artículo 250 del CST contempla un régimen sancionatorio en virtud del cual la persona trabajadora puede perder este derecho como consecuencia de la comisión de faltas de especial gravedad en contra del empleador o la empresa. En estos casos, la ley faculta al empleador a retener el pago de la cesantía hasta que la justicia ordinaria tome una decisión definitiva sobre la ocurrencia de la falta.
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Si un contrato de trabajo termina antes de cumplirse el año, la persona tiene derecho a que se le compensen en dinero las vacaciones de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado, sin importar que este sea inferior a un año.
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