CPACA Artículo 201A Colombia
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Artículo 201A. Traslados
Los traslados deberán hacerse de la misma forma en que se fijan los estados. Sin embargo, cuando una parte acredite haber enviado un escrito del cual deba correrse traslado a los demás sujetos procesales, mediante la remisión de la copia por un canal digital, se prescindirá del traslado por secretaria, el cual se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje y el término respectivo empezará a correr a partir del día siguiente.
De los traslados que hayan sido fijados electrónicamente se conservará un archivo disponible para la consulta permanente en línea por interesado, por el término mínimo de diez (10) años.
Colombia Art. 201A Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
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Buenas Tardes es posible cancelar un servicio de telefonía y internet, cuando lo acordado no fue cumplido por parte de ellos? y además tengo clausula de permanencia de 1 año.
quiero saber si puedo colocar una camara de segurida en la puerta de mi apartamento que se encuentra dentro de un conjunto cerrado ??
Hola a los cuantos años prescribe el delito de receptación y desde que fecha se inicia la prescripción desde que se comete el delito o desde la fijación de una condena que fue tres años más tarde..
los magistrados de los tribunales en sus sentencia deben decir que para contestar una apelación según el articulo tal del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. hice una demanda por doble militancia, fallaron negativamente a mi demanda y apele según el articulo 247 dentro los diez días y me rechazan la segunda instancia porque es extemporáneo, que puedo hacer después de esto.
Cordial saludo,
A su pregunta: "Cuanto se cobra un día de trabajo sin contrato y sin prestaciones de ley?"
Respondemos: En principio, es libertad de las partes fijar este valor.
Atentamente,
Mario Montenegro
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
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