CPACA Artículo 28 Colombia
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Artículo 28. Alcance de los conceptos
Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.Colombia Art. 28 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011
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·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
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Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
Saludos.
Cuando no se esta nombrado, independientemente del cargo y tipo de contrato, se está en Provisionalidad, a la espera de que alguien con mejor derecho (quien gane concurso a proveer vacante), ocupe su cargo, es posible que se participe en dicho concurso.
Buenas tardes, quiero preguntar si una persona que lleva años vinculado a una empresa en calidad de contrato puede cambiar su vinculación a provisionalidad? en donde me puedo basar hacer la solicitud de este cambio, teniendo en cuenta que esta la vacante.
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Se expiden algunas disposiciones en materia electoral Artículo 14. Artículo INEXEQUIBLE Se desarrolla el artículo transitorio 55 de la Constitución Política Artículo 42. Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social 2025 Artículo 63. Anexos de la demanda Normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental Artículo 14. Artículo derogado Normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental Artículo 11. Artículo derogadoRecomendados
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