Código de Procedimiento Penal Artículo 554 Colombia
Código de Procedimiento Penal
Artículo 554. Decisión sobre la conversión
El fiscal decidirá de plano sobre la conversión o no de la acción penal teniendo en cuenta lo previsto en el inciso siguiente.En caso de aceptar la solicitud de conversión, señalará la identidad e individualización del indiciado o indiciados, los hechos que serán objeto de la acción privada y su calificación jurídica provisional.
No se podrá autorizar la conversión de la acción penal pública en privada cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:
a) Cuando no se acredite sumariamente la condición de víctima de la conducta punible;
b) Cuando no esté plenamente identificado o individualizado el sujeto investigado;
c) Cuando el indiciado pertenezca a una organización criminal y el hecho esté directamente relacionado con su pertenencia a esta;
d) Cuando el indiciado sea inimputable;
e) Cuando los hechos guarden conexidad o estén en concurso con delitos frente a los que no procede la conversión de la acción penal pública a acción privada;
f) Cuando la conversión de la acción penal implique riesgo para la seguridad de la víctima;
g) Cuando no haya acuerdo entre todas las víctimas de la conducta punible;
h) Cuando existan razones de política criminal, investigaciones en contexto o interés del Estado que indiquen la existencia de un interés colectivo sobre la investigación;
i) Cuando se trate de procesos adelantados por el sistema de responsabilidad penal para adolescentes;
j) Cuando la conducta sea objetivamente atípica, caso en el cual el Fiscal procederá al archivo de la investigación.
Si el acusador privado o su representante tuvieron conocimiento de alguna de las anteriores causales y omitieron ponerla de manifiesto, se compulsarán copias para las correspondientes investigaciones disciplinarias y penales.
El Fiscal General de la Nación ejerce de forma preferente la acción penal y en virtud de ello en cualquier momento podrá revertir la acción penal a través de decisión motivada con base en las anteriores causales.
PARÁGRAFO. El Fiscal General de la Nación deberá expedir, en un término no mayor a 6 meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, un reglamento en el que se determine el procedimiento interno de la entidad para garantizar un control efectivo en la conversión y reversión de la acción penal.
Colombia Art. 554 CPP
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Cuantas personas como mínimo de necesitan para que se configure el concierto para delinquir?
- Si en un sindicato para elección de junta directiva solo se presenta una lista y a pesar de citar varias veces ocurre lo mismo, ¿se puede elegir esa lista y el fiscal de los socios que hagan parte de la asamblea?
Recordemos que los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son regidos por la ley del país donde se encuentran físicamente, en cuanto a su división, posesión, venta, pignoración, cesión, hipoteca etc. Esto significa que cualquier disputa entre la pareja sobre la propiedad, posesión, liquidación etc. de un bien ubicado en un país extranjero, en general debe ser resuelta por los tribunales de dicho país y bajo las leyes de dicho país. Un juez colombiano no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre derechos reales de bienes localizados en el extranjero.
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Cordial saludo. Un contralor, designado como auxiliar de la justicia,es considerado un funcionario publico? En este caso, que norma le aplica en cuanto a materia tributaria se refiere? Debo practicarle retencion en la fuente, asi no de la base establecida en el Art 338 ET?- Agradezco inmensamente su aporte.
Feliz dia.
Trabaje en una empresa hasta el día 21 de octubre 2025,y a la fecha hoy 15 noviembre 2025,no me han pagado ni sueldo ni liquidaciones, que debo hacer?
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Código de Procedimiento Penal Artículo 208. Actividad de policía Código de Comercio Artículo 288. Código de Comercio Artículo 1754. Determinación de la indemnización de la nave objeto de avería Código Civil Artículo 2545. Prescripciones de acciones especiales Constitución Política de Colombia Artículo 135.Publique la información de sí mismo
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