Código Penal Militar Artículo 30 Colombia
Código Penal Militar
Artículo 30. Autores
Es autor quien realice la conducta punible por sí mismo o utilizando a otro como instrumento. Son coautores los que, mediando un acuerdo común, actúan con división del trabajo criminal atendiendo la importancia del aporte.
El autor en sus diversas modalidades incurrirá en la pena prevista para la conducta punible.
Colombia Art. 30 CPM
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