Imprimir

CGP Artículo 262 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024

Código General del Proceso
Artículo 262. Documentos declarativos emanados de terceros

Los documentos privados de contenido declarativo emanados de terceros se apreciarán por el juez sin necesidad de ratificar su contenido, salvo que la parte contraria solicite su ratificación.



Colombia Art. 262 Código General del Proceso
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...260 261 262 263 264 ...627

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

el documento contentivo de una queja de un cliente contra un trabajador con fundamento en el cual es despedido debe ser ratificado en el proceso?

0   0

Cordial saludo,

A su pregunta: "Los documentos de contenido declarativo se deben rendir bajo la gravedad del juramento

Respondemos: No necesariamente

Atentamente,

Mario Montenegro

Si usted gusta, puede guardar nuestros datos de contacto para que nos escriba cuando lo necesite.


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

Email: [email protected]

Sitio web: www.montenegrogalindo.com

WhatsApp: 573057709651

facebook.com/montenegrogalindoabogados

CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.

Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.

0   0

Los documentos de contenido declarativo se deben rendir bajo la gravedad del juramento

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse