CGP Artículo 29 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2025
Código General del Proceso
Artículo 29. Prelación de competencia
Es prevalente la competencia establecida en consideración a la calidad de las partes.Las reglas de competencia por razón del territorio se subordinan a las establecidas por la materia y por el valor.
Colombia Art. 29 Código General del Proceso
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Los comentarios de los usuarios
Hemmilly Marquez
22/06/20 21:15:39
quiero saber si es legal que den por terminado un contrato de arrendamiento 6 meses antes de la fecha pactada durante la curentena
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