Código Nacional de Policía y Convivencia Artículo 28 Colombia
Código Nacional de Policía
Artículo 28. Comportamientos que afectan la seguridad y bienes en relación con los servicios públicos
Los siguientes comportamientos que afectan la seguridad de las personas y la de sus bienes y por lo tanto no deben realizarse al hacer uso de los servicios públicos: 1. Poner en riesgo a personas o bienes durante la instalación, utilización, mantenimiento o modificación de las estructuras de los servicios públicos.
2. Modificar o alterar redes o instalaciones de servicios públicos.
3. Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodo, combustibles o lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento.
4. No reparar oportunamente los daños ocasionados a la infraestructura de servicios públicos domiciliarios, cuando estas reparaciones corresponden al usuario.
PARÁGRAFO. Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:COMPORTAMIENTOSMEDIDA CORRECTIVA A APLICARNumeral 1Multa General tipo 3; Remoción de bienes; Destrucción de bien.Numeral 2Multa General tipo 3; Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles.Numeral 3Multa General tipo 4.Numeral 4Multa General Tipo 3; Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles
ARTÍCULOS PIROTÉCNICOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS.
Colombia Art. 28 Código Nacional de Policía y Convivencia
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explicacion del articulo 34
Llevo 5 años laborando para una empresa con contrato a termino indefinido, pero únicamente he recibido dotación 2 veces en todo este tiempo. Al principio ignoraba esta situación como empleado. ¿Es posible hacer algo al respecto en este momento?
me llego un fotomulta donde la infracción se cometió el día 8/08/2020 y me la informaron el día 10/02/2021 y la orden de comparendo fue emitida el 09/12/2020 y basándome en el decreto 2150 articulo 8 de la ley 1843 del código nacional de transito la cual dice que los organismos de control tienen 10 días avilés para la validación del comparendo y fue emitida 130 días después solicite la prescripción y la respuesta del inspector de transito de villa del rosario Sr: Abelardo Duenez Blanco fue que el tiene hasta 3 años para validar el comparendo que puedo hacer al respecto
nombre de 6 empresas q realicen alguno de estos actos articulo 20 o peraciones o empresas mercantiles
Gracias por tenernos actualizados de la Jurisprudencia Colombiana.
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