Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente Artículo 34 Colombia
Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
Artículo 34.
En el manejo de residuos, basuras, desechos y desperdicios, se observarán las siguientes reglas: a). Se utilizarán los mejores métodos, de acuerdo con los avances de la ciencia y la tecnología, para la recolección, tratamiento, procesamiento o disposición final de residuos, basuras, desperdicios y, en general, de desechos de cualquier clase;
b). La investigación científica y técnica se fomentará para:
1). Desarrollar los métodos más adecuados para la defensa del ambiente, del hombre y de los demás seres vivientes.
2o. Reintegrar al proceso natural y económico los desperdicios sólidos, líquidos y gaseosos, provenientes de industrias, actividades domésticas o de núcleos humanos en general.
3o. Sustituir la producción o importación de productos de difícil eliminación o reincorporación al proceso productivo.
4o. Perfeccionar y desarrollar nuevos métodos para el tratamiento, recolección, depósito y disposición final de los residuos sólidos, líquidos o gaseosos no susceptibles de nueva utilización.
c). Se señalarán medios adecuados para eliminar y controlar los focos productores del mal olor.
Colombia Art. 34 Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
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La asamble general ordinaria fue virtual, para esta aplica el paragrafo 1 del articulo 39 : " en la misma no se podrán tomar decisiones sobre temas no previstos en este" .
Gracias por su respuesta.
Lea más: https://leyes.co/el_regimen_de_propiedad_horizontal/39.htm
Buenas tardes puede un propietario no residente pertenecer al consejo de administracion de una p.H.
el pago de dominicales y festivos,que afectaciones tiene sobre otros factores de pago y en que proporcion? alfonso gonzalez , bucaramanga,3153809382
¿explicación de este articulo?
Cordial saludo,
A su pregunta: "como se notifica una demanda de levantamiento de fuero sindical. y de cuanto tiempo tiene para contestar esta demanda"
Respondemos: En principio es igual a todas las demandas laborales, en cuanto a forma y tiempo.
Atentamente,
Abogado Mario Montenegro, egresado de la Universidad Nacional de Colombia
Teléfono y/o WhatsApp 305 770 9651
Carrera 6 # 11-87 Oficina 601
contacto@montenegrogalindo.com
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