Código Penal Artículo 103A Colombia
Código Penal
Artículo 103A.
La pena por el delito de homicidio u homicidio agravado será de 480 a 600 meses de prisión o pena de prisión perpetua revisable si la víctima fuere una persona menor de dieciocho (18) años y cuando:
a. Se realizare contra un niño, niña u adolescente menor de catorce (14) años.
b. La víctima se encontrará en especial situación de vulnerabilidad en razón de su corta edad, etnia, discapacidad física, psíquica o sensorial
c. La producción del resultado estuviera antecedida de una o varias conductas tipificadas como contrarias a la libertad, integridad y formación sexuales de la víctima.
d. El autor sea padre, madre o quien tenga el deber de custodia de un niño, niña o adolescente.
e. La conducta' se cometiere con alevosía o ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima.
f. La conducta sea un acto deliberado con un evidente desprecio por la vida e integridad de los niños, niñas y adolescentes.
g. La acción se realizó de manera premeditada, incluyendo cuando el' autor acecho a la víctima.
h. La conducta se consuma en un contexto de violencia de género.
i. Se someta a la víctima tratos crueles, inhumanos o degradantes.
j. El hecho se cometiere con I~ intención de generar control social, temor u obediencia en la comunidad.
k. El autor ha perpetuado múltiples homicidios contra niños, niñas y adolescentes.
PARÁGRAFO 1°: La prisión perpetua revisable solo procederá 'frente a quien cometiere la conducta en calidad de autor coautor o determinador, con dolo directo y en los casos de consumación de la conducta.
PARÁGRAFO 2°: En los eventos en los cuales el juez determine que la pena aplicable es menor a la prisión perpetua, deberá atenerse al marco de punibilidad establecido en el artículo 104 del Código Penal.
Colombia Art. 103A CP
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Si el testamento queda mal no puede arreglarse. Es decir, cuando la persona se da cuenta que su testamento no cumplió uno de los requisitos que indica la ley, es necesario que realice un nuevo testamento que cumpla todos los requisitos. Obviamente si la persona ya falleció, el testamento no se podrá corregir.
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Que prueva reina es para cometre el delito articulo 219a
Buenas tardes como puedo sacar el uso de suelos para un local
El fiador tiene derecho a indemnización de perjuicios, pero no puede pedir el reembolso de gastos no considerados previamente, ni de los que haya tenido que soportar antes de notificar al deudor principal. Así mismo, si pagó la deuda que tenían varios deudores solidarios, puede demandar a cada uno o a unos si y a otros no a su elección, por el total de la deuda.
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Hola, dónde me puedo dirigir para colocar la respectiva demanda o el proceso Código Civil
Artículo 2395. Acciones de reembolso e indemnizacion del fiador contra el deudo
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