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Código Penal Artículo 250-B Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Código Penal
Artículo 250-B. Administración desleal

El administrador de hecho o de derecho, o socio de cualquier sociedad constituida o en formación, directivo, empleado o asesor, que en beneficio propio o de un tercero, con abuso de las funciones propias de su cargo, disponga fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraiga obligaciones a cargo de esta causando directamente un perjuicio económicamente evaluable a sus socios, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de diez (10) hasta mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.



DE LAS DEFRAUDACIONES

Colombia Art. 250-B CP
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Los comentarios de los usuarios

EN RESPUESTA A:

Invitado 24/11/21 08:20:37

si bien podemos inferir que el sujeto activo de esa conducta penal (artículo 250B Ley 5997/2000) es "El administrador de hecho o de derecho", puede aplicar para el administrador de un conjunto residencial, pero debemos mirar y tener en cuenta sus verbos rectores: "que en beneficio propio o de un tercero, con abuso de las funciones propias de su cargo, disponga fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraiga obligaciones a cargo de esta causando directamente un perjuicio económicamente evaluable a sus socios", entonces, pregúntese señor consultante lo siguiente: ¿ dicho administrador está tomando bienes de la sociedad para beneficio propio o de terceros ajenos a la sociedad?, ¿ está robando, desfalcando, entregando informes injustificados, etc?, ¿ está ejerciendo funciones que no le fueron delegadas dentro de los estatutos de la sociedad para poner a disposición propia o de otros los bienes de la sociedad?

teniendo en cuenta solo la información dada por usted en esta consulta, considero que no hay ninguna implicación de tipo penal, pero puede que si ocurriese una de tipo comercial, que para el caso de estos organismos regidos por la Ley 675, podrán usted y los demás miembros de la sociedad de propiedad horizontal, elevar una queja o denuncia ante la SUPERSOCIEDADES.


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  • DERECHO DISCIPLINARIO
  • CONTRATACION ESTATAL
  • DERECHO ADMINSITRATIVO
  • DERECHO PENAL (JURISIDICCIÓN INDIGENA)
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Buenos días, una pregunta, el artículo 250b del Código Penal "ADMINISTRACIÓN DESLEAL", se puede aplicar a los administradores de los conjuntos residenciales?, ya que en mi conjunto el Presidente del Consejo y la Administradora, a motu proprio incrementaron las expensas del conjunto violando la ley 675 de 2001, sin hacer la respectiva Asamblea General, con la disculpa que por problemas de la pandemia no han podido hacer dicha Asamblea, pero el Gobierno Nacional ha ordenado que es valido hacer las Asambleas Generales por medio virtual.

Señores, Colombia, es un país muy hermoso, el problema que nos aqueja es la corrupción tan barbara que hay en este país, y como decía un pensador, EN EL PAÍS DE LOS CIEGOS EL TUERTO ES EL REY. otro dicho cierto es que EL DINERO DEMUESTRA LO MÁS BAJO QUE LOGRA SER EL SER HUMANO. La gente cambió los principios y valores por el dinero. No podemos desfallecer tenemos que seguir en la lucha y mostrarle a nuestros hijos que actuar bien es lo mejor, SI USTED SIEMBRA ARROZ RECOGE ARROZ, PERO SI SIEMBRA ESPINAS RECOGE RECOGE ESPINAS. es mi comentario, gracias.

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Buenas. Desafortunadamente no existe en Colombia una entidad específicamente dedicada al control de la administración de la propiedad horizontal, lo cual extrañamos propietarios y abogados. No obstante, como se puede hacer frente a cualquier problema entre ciudadanos, es posible demandar o denunciar ante los jueces de la república a quienes administran mal. Así por ejemplo cuando la forma como se creó o se imponen las obligaciones de un Acta va en contra de la ley 675 de 2001 o los estatutos, se puede iniciar un proceso verbal sumario ante un juez civil y si se están cometiendo delitos como los que comenta, se pueden denunciar ante la Fiscalía.


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Buen dia, respecto a la administración fraudulenta del código penal, cómo puedo hacer para hacer que la administración de mi conjunto sea elegida por los mismos residentes y no impliquen personas las cuales ya hicieron parte del consejo y fueron quienes se aliaron a perjudicar y hacerse dinero a costas de los presupuestos y costos del conjunto, por favor si me ayudan quisiera saber ya es un proceso bien largo de más de 2 años donde veo a mi padre tan diferente desde que está en el cuento de quitar a la señora administradora de nuestro conjunto por qué se dió cuenta que los locales de comercio que están en el conjunto son prohibidos, uno es de paga todo y otra una tienda, dónde estos dineros de arriendo no se ven registrados, además de pedir cantidades excesivas de dinero para un encerramiento costoso por cada cosa que quiere hacer la hace mal, cambio las cámaras pero uno le roban una bicicleta y va a ver las cámaras y no deja o dice que no se ven, entonces la seguridad que ella nos brinda no es correcta, las personas que quieren abrirle los ojos a los de aquí que son bien burros y como todo en Colombia sin memoria, ya se ha pasado a la alcaldía, ella trae personas que dicen ser de la alcaldía pero no lo son, cancelo el sabado una junta dónde eligiria al nuevo consejo de este año y al ver que se postularon quienes la quería quitar dijo qu lo cancelaran para el miércoles,entonces lo que quiere es seguir viendo la cara a los propietarios y cuando quizá se vea afectado el conjunto las propiedades igual se verán afectadas por las variaciones mal puestas echas en si cargo ayuda por favor, ya el dinero no se justifica hemos perdido dinero en abogados y personas que vengan pero solo mi padre es quien se pone el valor para hacer todas esas vueltas y el ya está desmotivado pero quiere sacar está vieja pero no tenemos los medios ya, así se reuna dinero las personas están cansadas y prefieren abandonar a seguir luchando para que está señora que lleva más de 5 años postulada por ella misma y sus personas fraudulentas se vaya por fin y nos deje elegir a alguien responsable y leal

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Buenos días a todos que pena, quisiera saber cómo puedo actuar frente a la administración de mi conjunto, ya que este proceso lleva ya dos años y sigue en lo mismo, donde la persona administradora muestra una actitud a la defensiva en las reuniones del consejo, solo quiere postular personas de su confianza, se ha demostrado que la contabilidad del conjunto no es coherente con los recursos, se han robado dentro del conjunto bicicletas y siempre los de vigilancia son los de su confianza, cuando lograron poner nueva vigilancia mando a alguien del conjunto a sacar del bicicletero dos bicis ajenas y como eran nuevos los seladores, las sacaron y lo que hizo la admin. Fue decirle al padre del muchacho ya mayor de edad, que sacará al hijo del conjunto y eso fue lo que pasó, se presenta con el mismo muchacho en anteriores situaciones que el roba y ella básicamente nunca hace nada ni responde, pasa algo y ni las cámaras uno puede verlas, le roban algo a uno y que la cámara no alcanza a ver en ese lugar, arregla los documentos para que los dineros que le entran a ella por medio de dos locales arrendados y el cobro de parqueadero de visitantes, no sé estipulen frente a todos los documentos que ella muestra, los costos y presupuestos no coinciden con las supuestas mejores que hacen es algo bien cansón la verdad, busco ayuda por qué ella tiene las de perder pero la ignorancia es grande y lo que hace es sabotear las jornadas y las cancela para arreglar al personal y que pueda hablar con más personas para que ella siga haciendo sus cosas injustas a costa nuestra. Además de pedir cantidades exageradas de dinero para cosas que son básicas y a conveniencia de ella.

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