CST Artículo 25 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/01/2021
Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 25. Concurrencia de contratos
Aunque el contrato de trabajo se presente involucrado o en concurrencia con otro, u otros, no pierde su naturaleza, y le son aplicables, por tanto, las normas de este Código. Colombia Art. 25 Código Sustantivo del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios
María Fernanda Montealegre Cuéllar
21/03/20 07:40:53
Buen día! Yo fui contratada en el 2012 cómo directora de salud ocupacional y en el 2016 me colocaron otra área a manejar q es talento humano, sin dejar la primera adscrita en el contrato. En este momento tengo 2 cargo; hasta el día de hoy no me pagan nada por desempeñar el segundo. Si en algún momento quisiera cobrar podría hacerlo?
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