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muy buenos días, el municipio le levanto escritura publica de una hectárea de terreno, en perímetro urbano, en el mes de diciembre de 2014, partencia a mi señora madre, y mi mama falleció el 18 de de agosto de 2011, puedo observar en el croquis del IGAC, que yo realice dicha venta al municipio, y en el certificado de libertad y tradición a parece como un lote baldío. y no es así, existe prueba que existía tres construcciones en obras negras, y arboles frutales como coco entre otros, y que a pesar de demoler estas contriciones se encuentra la bases a un ahí, por otro lado mi mama pagaba impuestos prediales como se observan en algunos paz y salvo.de ese predio a nombre de mi señora madre. con la diferencia que cambiaron algunos números catastral, es decir, en el anterior el mismo predio con numero y medidas tenia el numero catastral, 01020146000900 a nombre de mi mama, el numero actual a nombre del municipio con las dos versiones que yo hice la venta en el 2014, según el IGAC, Y según el certificado de libertad, era, baldío y el código catastral 010201640011000, por otro lado me llama la atención, que manifiesta este mismo registro titular del dominio incompleto. a hora bien, con esta breve descripción, mi consulta es, los hijos podemos reclamar a un todavía, este terreno, a pesar que el municipio construyo un polideportivo, argumentando, en primera oportunidad que yo realice la venta, segundo que este lote era baldío, no siendo así, con información incompleta del titular.
Espero pronta respuesta. celular 3136148511- correo electrónico : dinamartinezm@hotmail.com
buen día gracias por su respuesta pero no me quedo claro y le explico la situación antes de pandemia asistíamos a la empresa los domingos y ese trabajo se pagaba como dominicales pero ahora no asistimos los domingos pero debemos hacer el trabajo sin recibir pago ya que ellos dicen que nos pagan un salario integral y eso incluye los domingos y festivos.....le agradecería me aclare ….muchas gracias
La seguradora puede negar el pago del siniestro después de 2 años al descubrir que hubo reticencia de una enfermedad en la solicitud de asegurabilidad así no haya fallecido por dicha enfermedad?.
Según entiendo en el reglamento debe estar cada conducta, a sancionar tipificada. Y si en reglamento solo habla de sanciones pero no menciona la conducta.
Hola buenas noches, tengo una consulta, hace mas de 5 años compramos una casa y la vecina construyó un apartamento en el segundo piso y no separo la pared ni nos pidió autorización , hace ya varios meses arrendo este apartamento y los arrendatarios ocasionan mucho ruido, teniendo en cuenta lo anterior, quisiera saber que proceso debo realizar.
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