Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, suscrita en Viena el 20 de diciembre de 1988 (Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotróp) Colombia
Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas
- Artículo 1o. Definiciones
- Artículo 2o. Alcance de la presente convención
- Artículo 3o. Delitos y sanciones
- Artículo 4o. Competencia
- Artículo 5o. Decomiso
- Artículo 6o. Extradición
- Artículo 7o. Asistencia judicial recíproca
- Artículo 8o. Remisión de actuaciones penales
- Artículo 9o. Otras formas de cooperación y capacitación
- Artículo 10. Cooperación internacional y asistencia a los estados de tránsito
- Artículo 11. Entrega vigilada
- Artículo 12. Sustancias que se utilizan con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes o sustancias sicotrópicas
- Artículo 13. Materiales y equipos
- Artículo 14. MEDIDAS PARA ERRADICAR EL CULTIVO ILÍCITO DE PLANTAS DE LAS QUE SE...
- Artículo 15. Transportistas comerciales
- Artículo 16. Documentos comerciales y etiquetas de las exportaciones
- Artículo 17. Tráfico ilícito por mar
- Artículo 18. Zonas y puertos francos
- Artículo 19. Utilización de los servicios postales
- Artículo 20. Información que deben suministrar las partes
- Artículo 21. Funciones de la comisión
- Artículo 22. Funciones de la junta
- Artículo 23. Informes de la junta
- Artículo 24. Aplicación de medidas mas estrictas que las establecidas por la presente convención
- Artículo 25. Efecto no derogatorio respecto de anteriores derechos y obligaciones convencionales
- Artículo 26. Firma
- Artículo 27. Ratificación, aceptación, aprobación o acto de confirmación formal
- Artículo 28. Adhesión
- Artículo 29. Entrada en vigor
- Artículo 30. Denuncia
- Artículo 31. Enmiendas
- Artículo 32. Solución de controversias
- Artículo 33. Textos auténticos
- Artículo 34. Depositario
- Artículo 1. Apruébase la "Convención de las Naciones Unidas contra el...
- Artículo 2. Con estricto cumplimiento de lo dispuesto en el articulado de la ley 7a. de...
- Artículo 3. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación
Otras regulaciones
Se extiende el término de vigencia del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de Zonas Rurales Interconectadas Faer Sistema y métodos para que el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior Se autoriza la prestación del servicio de auxiliar jurídico ad honórem en los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva La Nación se vincula a la celebración de los 60 años del Instituto Caro y Cuervo La Nación se asocia a la celebración de los ochenta años de creado el Colegio DepartamentalMejores juristas





Buenas, si en un contrato a termino fijo se da por terminado y en fallo de segunda instancia se confirma que el despido fue sin justa causa , como se calcula la indemnizacion a que se tiene derecho?, gracias
Soy codeudor ante un crédito del ICETEX. El beneficiario no cumplió con los pagos y el ICETEX me embargó el sueldo. Qué acciones puedo adelantar para que el deudor beneficiario me re-embolse el dinero que me embargaron?
una persona en periodo de prueba puede gozar de garantía foral siendo el una de las personas que fundo el sindicato?
Cordial saludo,
Si una persona le colocaron una pena y la cumplió y esa pena está acompañada de una multa pero la persona definitivamente no cuenta con los recursos para cancelar esa deuda qué puede hacer esa persona, o esa deuda con el estado tiene un tiempo de prescripción.
Abogada con PhD (Gobernabilidad y Gestión Pública – México) y experta en Derecho Penal, y Pensiones. Bien entrenada en el Sistema Penal Acusatorio. Amplia experiencia y dominio especifico de derecho, tanto teórico como practico, en sus diversos campos de acción, referente a Asesorías, Consultorías, Jurídicas del Derecho, Administrativo, Contratación Estatal, Penal, Laboral (concretamente ley 100 de 1993), y Pensional (Seguridad Social). manejamos asuntos de insolvencia. divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos.
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