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Convención para Constituir una Organización Internacional de Metrología Legal Artículo 5 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Convención para Constituir una Organización Internacional de Metrología Legal
Artículo 5.

Los Estados que participaren en la presente Convención formarán parte de la Conferencia a título de miembros, y estarán representados en la forma prevista en el Artículo VII, y estarán sometidos a las obligaciones definidas por la Convención.

Independientemente de los miembros, podrán formar parte de la Conferencia, en calidad de Enviados especiales:

1o Los Estados o territorios que no pudieren o no desearen en ese momento hacer parte de la Convención;

2o Las Uniones internacionales que persiguen una actividad conexa a la de la Organización.

Los “Enviados especiales” no estarán representados en la Conferencia, pero podrán delegar en observadores que tendrán simplemente voz consultativa. No tendrán que pagar las cuotas de los Estados miembros, pero deberán correr con los gastos de prestación de servicios que solicitaren y cancelar la suscripción a las publicaciones de la Organización.



Colombia Art. 5 Se aprueba la Convención para Constituir una Organización Internacional de Metrología Legal, firmada en París, el 12 de octubre de 1955, modificada en 1968 por enmienda del Artículo XIII conforme a las disposiciones del Artículo XXXIX
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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