Se aprueba el Convenio de Cooperación Judicial y Asistencia Mutua en Materia Penal entre la República de Colombia y la República del Ecuador, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D. C., el dieciocho (18) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996) (Convenio de Cooperación Judicial y Asistencia Mutua en Materia Penal entre la República de Colombia ) Colombia
Convenio de Cooperación Judicial y Asistencia Mutua en Materia Penal entre la República de Colombia y la República del Ecuador
- Artículo 1o. Definiciones
- Artículo 2o. Ambito de aplicacion
- Artículo 3o. Doble incriminacion
- Artículo 4o. Alcance de la asistencia
- Artículo 5o. Limitaciones en el alcance de la asistencia
- Artículo 6o. Autoridades centrales
- Artículo 7o. Ley aplicable
- Artículo 8o. Confidencialidad
- Artículo 9o. Solicitudes de asistencia judicial
- Artículo 10. Motivos condicionantes
- Artículo 11. Rechazo de la solicitud
- Artículo 12. Ejecucion de la solicitud de asistencia judicial
- Artículo 13. Comparecencia ante las partes
- Artículo 14. Proteccion personal
- Artículo 15. Sobre los detenidos
- Artículo 16. Medidas provisionales o cautelares
- Artículo 17. Decomiso y su ejecucion
- Artículo 18. Intereses de terceros de buena fe sobre los bienes
- Artículo 19. Gastos
- Artículo 20. Exencion de legalizacion
- Artículo 21. Consultas
- Artículo 22. Solucion de controversias
- Artículo 23. Entrada en vigor y denuncia
Otras regulaciones
Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo El Acuerdo de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay Normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales La Nación se vincula a la conmemoración de los cien años de la erección del municipio de Montebello Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los Agentes DiplomáticosMejores juristas
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¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
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