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Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Artículo XI Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/10/2024

Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia
Artículo XI.





El Presente Convenio tendrá una vigencia de seis años prorrogables automáticamente por períodos de igual duración.

Cualquiera de las Partes podrá denunciarlo mediante notificación escrita a la otra Parte con seis meses de anticipación, en cuyo caso no se suspenderán los proyectos que estén en ejecución por aplicación de las disposiciones del presente acuerdo.

Suscrito en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil uno, en dos ejemplares originales, siendo ambos textos igualmente auténticos.

Por el Gobierno de la República de Colombia,

El Ministro de Relaciones Exteriores,

GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO.

Por el Gobierno de la República de Bolivia,

El Ministro de Relaciones Exteriores y CultO,

GUSTAVO FERNÁNDEZ SAAVEDRA.»

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Bogota, D. C., 5 de marzo de 2002

Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos Constitucionales

(Fdo.) ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Relaciones Exteriores (Fdo.),

GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO.

DECRETA:

Colombia Art. XI Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia, suscrito en la ciudad de La Paz, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001)
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Recordemos que así el hogar en general no sea una organización o unidad que produzca riqueza, las empleadas domésticas en Colombia tienen derecho a la prima de servicios. Este derecho está garantizado por la Ley 1788 de 2016, la cual establece que los trabajadores y trabajadoras domésticos deben recibir una prima de servicios equivalente a 30 días de salario por año, pagadera en dos partes: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Este derecho se reconoce por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.


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Esto es hijo escupitajo?


Me encanta este artìculo!!


una entidad publica puede celebrar un acuerdo de transacción con un particular para resarcir perjuicios


El recurso fue enviado a través de empresa de mensajería certificada, estando dentro de los términos para presentar el recurso, pero llegó posterior a la fecha limite para presentarlo. ¿Podría admitirse el recurso?


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