El acta de informe de gestión (El acta de informe de gestión) Colombia
El acta de informe de gestión
- Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto fijar las normas generales para la entrega y...
- Artículo 2o. La presente ley es aplicable a todas las Ramas del Poder Público, a...
- Artículo 3o. El proceso de entrega y recepción de los asuntos y recursos...
- Artículo 4o. Para computar el término para rendir el informe de que trata la...
- Artículo 5o. Los servidores públicos del Estado y los particulares enunciados en el...
- Artículo 6o. Los servidores públicos que se encuentren obligados a realizar la...
- Artículo 7o. Los titulares de las dependencias deberán comunicar a los...
- Artículo 8o. En caso de muerte, incapacidad por enfermedad o ausencia injustificada del...
- Artículo 9o. La entrega y recepción de los recursos públicos es un proceso...
- Artículo 10. Los servidores públicos responsables al servicio de los poderes y entidades...
- Artículo 11. Para llevar a cabo la entrega y recepción de los asuntos y recursos...
- Artículo 12. Con el propósito de dar cumplimiento al contenido de este ordenamiento...
- Artículo 13. La verificación del contenido del acta correspondiente deberá realizarse por...
- Artículo 14. La Contraloría General de la República y los demás...
- Artículo 15. Cuando el servidor público saliente se abstenga de realizar la entrega...
- Artículo 16. La entrega del Despacho, de recursos y de los asuntos en trámite...
- Artículo 16A. Los reglamentos y demás disposiciones normativas existentes...
- Artículo 17. Vigencia
Otras regulaciones
La Nación se asocia a la celebración de los 100 años de la fundación del municipio de La Unión Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2014 Día de la Niñez y la Recreación La Nación se asocia a la celebración de los 170 años de la fundación del municipio de Caramanta Se autoriza la Emisión de la Estampilla pro desarrollo de la Universidad SurcolombianaMejores juristas





Este artículo 110 del cód de infancia y adolescencia, que habla sobre salida de menores del país, señala que la autorización emitida por el defensor de familia tiene una vigencia de 60 días hábiles contados a partir de su ejecutoria, es decir, que este término no se refiere al tiempo del permiso, porque este tiempo se otorga según las circunstancias particulares de cada caso, es decir, la ley no indica que ese sea el término máximo de duración que el menor puede estar en el exterior, se refiere es a que el permiso debe ser usado dentro de los dos meses siguientes a cuando se otorga.
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Valga aclarar que si el permiso se hace a través de un documento privado ( es decir, redactado por los padres y al cual únicamente es necesario que se le autentiquen las firmas ante notario), dicho permiso solo servirá para un viaje, es decir es el documento tradicional para pasar vacaciones en el extranjero con los hijos. Pero si lo que se va a otorgar es el permiso para salidas permanentes, este es obligatorio hacerlo a través de escritura pública, pues de este permiso permanente siempre se le pedirá al padre o madre que viaje con los hijos, que aporte ante las autoridades migratorias, la vigencia de dicha escritura que expide la notaría, es decir, que se pruebe que el padre que otorgó la salida permanente, no la ha revocado ante la misma notaría en la que lo otorgó.
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El permiso de salida se puede ser otorgado por los padres indefinidamente mediante escritura pública, tal como lo contempla el artículo 9 del Decreto 2150 de 1995, requiriéndose para esto solamente la constancia de vigencia cada vez que el niño, niña o adolescente salga del territorio colombiano. Es decir, que es un permiso que el padre que lo otorga, puede decidir revocarlo en cualquier momento que lo considere.
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Además de lo dispuesto en este artículo 110 del Cod de Infancia y Adolescencia, no se necesita la autorización del padre o madre que se encuentre inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos -RADAM-, según lo dispuesto en el artículo sexto Num. 6 de la Ley 2097 de 2021 "por medio de la cual se crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) y se dictan otras disposiciones".
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Buenas tardes señores Abogados Colombia - Universidad Nacional.
Los bienes repudiados por el heredero que a crecentan la herencia de los que si aceptaron la herencia, podrán ser tenidos en cuenta como bienes obtenidos de la sociedad conyugal o patrimonial; o siguen siendo bienes de la herencia y no hacen parte de ninguna clase de sociedad?
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