El Régimen Político, Administrativo y Fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta (El Régimen Político, Administrativo y Fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla) Colombia
El Régimen Político, Administrativo y Fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Régimen aplicable
- Artículo 3o. Los distritos especiales que cuenten con una población mayor de...
- Artículo 4o. Artículo INEXEQUIBLE
- Artículo 5o. Cada localidad tendrá un alcalde local, que será nombrado por...
- Artículo 6o. Atribuciones
- Artículo 7o. Control político
- Artículo 8o. Moción de observaciones y de censura
- Artículo 9o. Atribuciones principales
- Artículo 10. Competencia presidencial para la designación del reemplazo
- Artículo 11. Atribuciones especiales
- Artículo 12. De los bienes de uso público
- Artículo 13. Competencia ambiental
- Artículo 14. Proyectos en zonas de parques
- Artículo 15. Competencias en materia de playas
- Artículo 16. Atribuciones para su reglamentación, control y vigilancia
- Artículo 17. Régimen portuario
- Artículo 18. Planes sectoriales de desarrollo turístico
- Artículo 19. Participación de los distritos en la elaboración de los planes sectoriales de turismo
- Artículo 20. Ecoturismo y turismo social
- Artículo 21. De la autoridad distrital de turismo
- Artículo 22. Recursos turísticos
- Artículo 23. De su manejo
- Artículo 24. Toda actividad –pública o privada– que pretenda...
- Artículo 25. Declaratoria
- Artículo 26. Comité de las zonas costeras de santa marta, barranquilla y cartagena
- Artículo 27. Requisitos
- Artículo 28. Solicitud de declaratoria de recurso turístico
- Artículo 29. Acto de declaratoria de recurso turístico
- Artículo 30. Consecuencias
- Artículo 31. Actividades turísticas
- Artículo 32. Registro
- Artículo 33. Extensión del régimen de zonas francas
- Artículo 34. De los bienes del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural de los distritos
- Artículo 35. Declaratoria de patrimonio cultural
- Artículo 36. Consecuencias de la declaratoria
- Artículo 37. Competencia de las autoridades distritales
- Artículo 38. Administración
- Artículo 39. Deberes a cargo de las autoridades distritales y concertación de políticas con las autoridades nacionales
- Artículo 40. Los Concejos Distritales de Cultura, además de las facultades o...
- Artículo 41. Para atender los gastos que demande la atención, protección,...
- Artículo 42. Area metropolitana del litoral caribe
- Artículo 43. El Gobierno Nacional impulsará los proyectos de infraestructura vial...
- Artículo 44. Las ventajas establecidas en la presente ley en materia industrial y...
- Artículo 45. Parque tecnológico del caribe y zona franca de telecomunicaciones
- Artículo 46. Del manejo, recuperación, fomento y conservación de los cuerpos de aguas y lagunas interiores
- Artículo 47. Sede alterna
- Artículo 48. Así mismo, se promoverá la celebración de convenios y...
- Artículo 49. Vigencia
Otras regulaciones
Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático La Nación declara Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación a la institución educativa Santa Librada Se crea la cuota de fomento porcino y se dictan normas sobre su recaudo y administración Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo La Nación se asocia a la celebración de los ochenta años de la Fundación de la Universidad LibreMejores juristas





Buenas en mi caso tome la decisión de evadirme del batallón pasaron los 5 días Avilés para presentarme se dieron los meses y comense a investigar sobre el delito cometido una ves ya indagado en la página militar me aparece que estoy incorporado en otro batallón llame al jusgado de la brigada a la que estaba proscripto y me disen que no an tomado las declaraciones de los comandantes ¿ Que puedo Aser para acelerar el proceso ?
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Buenos días, según comprendo el predio que usted adquirió es objeto de un proceso de pertenencia por parte de un tercero. Existen algunas opciones para tener en cuenta, la primera es rescindir o dejar sin efectos la compraventa ya que se desconocía de que el inmueble se encotnraba con dicha situación, demostrando que ese era un vicio oculto. La segunda opción, hacerse parte del proceso de pertenencia tanto vendedor como comprador, demostrando que se ejerciero actos de señor y dueño sobre el predio y desvirtuar las pretenciones que por parte del presunto poseedor se hagan en dicho proceso.
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en las carretera rurales donde no existen lineas cortadas, y los trayectos de doble linea amarilla son muy extensos y se requiere adelantar por ejemplo vehiculo de carga que va a muy baja velocidad, ejemplo 10,20 kilometros por hora, y se necesita llegar con urgencia a una diligencia.....como adelantamos.....caso especial bus de pasajeros.......
Compré predio ya con demanda de pertenencia que hago?
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