El Reglamento Nacional Taurino Artículo 59 Colombia
El Reglamento Nacional Taurino
Artículo 59.
El desarrollo del espectáculo se ajustará en todo a los usos tradicionales y a lo que se dispone en este artículo y en los siguientes.Las cuadrillas estarán compuestas de la siguiente manera:
a) Plaza de primera categoría.
Un picador por cada toro o novillo que le corresponda a cada matador y uno más de reserva por el número total, un banderillero por toro o novillo que deba lidiar cada matador;
b) Plazas de segunda categoría.
Un picador por cada dos toros o novillos que le corresponda a cada matador y uno más por el número total, un banderillero por cada toro que deba lidiar cada matador y uno más por el número total;
c) Plazas de tercera categoría.
Corresponde al espada más antiguo la dirección artística de la lidia y quedará a su cuidado el formular las indicaciones que estimase oportunas a los demás lidiadores a fin de asegurar la observancia de lo prescrito en este reglamento. Sin perjuicio de ello, cada espada podrá dirigir la lidia de las reses de su lote, aunque no podrá oponerse a que el antiguo supla y aún corrija sus eventuales deficiencias.
El espada director de la lidia que por negligencia o ignorancia inexcusables, no cumpliera con sus obligaciones dando lugar a que la lidia se convierta en desorden podrá ser advertido por la presidencia y si desoyera esta advertencia, sancionado como autor de una infracción con cinco salarios mínimos mensuales.
Los espadas anunciados estoquearán por orden de antigüedad profesional todas las reses que se lidien en la corrida, ya sean las anunciadas o las que las sustituyan.
Si durante la lidia cayera herido, lesionado o enfermo uno de cada faena será sustituido por sus compañeros en riguroso orden de antigüedad profesional. En el caso de que ello acaeciera después de haber entrado a matar, el espada más antiguo le sustituirá, sin que le corra el turno.
El espada al que no corresponda el turno de actuación, no podrá abandonar el callejón, ni siquiera temporalmente, sin el consentimiento del presidente.
Colombia Art. 59 El Reglamento Nacional Taurino
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No obstante lo indicado en este artículo 42 de la ley 675 de 2003 sobre la posibilidad de tomar decisiones en reuniones no presenciales, el artículo 46 indica una lista taxativa de asuntos que sólo se pueden decidir en reuniones presenciales. Esta prohibición es absoluta, es decir, todas las decisiones tomadas sobre los temas indicados en el art 46, serían nulas si no se hacen en reunión presencial. Esto ha sido reiterada en múltiples conceptos del Ministerio de Vivienda.
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En caso de que prescriba el termino ordinario debido a que era imposible hallar o encontrar el registro civil de defunción por situaciones ajenas a la voluntad del reclamante, toda vez que hubo que buscar decretar de oficio y ante la ley tales documentos para su elaboración, que norma se puede aplicar
La sanción del numeral 2 de este artículo aplica cuando se abandona el lugar de los hechos "sin justa causa". En este sentido, la jurisprudencia ha indicado que podría considerarse una justa causa, el temor fundado por la propia seguridad personal o la necesidad de salvaguardar la integridad física propia. No se considera abandono, si la persona permanece en el sitio hasta que llega la ayuda y la víctima es atendida o cuando evidentemente la víctima ha fallecido y no requiere atención para salvar su vida. Recordemos que estamos en el capítulo que castiga los delitos contra la vida y en este sentido, si la persona que cometió el accidente, abandona el lugar ya no causando como resultado una afectación mayor a la vida de la víctima, sino dificultando el proceso judicial que se le debe adelantar como autor(a), el delito es distinto al indicado en este artículo.
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Para efecto de la determinación de la tipicidad y prescripción de este delito de Peculado por apropiación, es indispensable distinguir entre la consumación (el acto de disposición jurídica) y el agotamiento (el pago efectivo o apropiación material del dinero). Dependiendo de si el servidor público tenía disponibilidad material o jurídica sobre los bienes, se definirá el momento exacto en que la conducta punible se perfeccionó y el grado en el que se participó. Esta interpretación expansiva de la disponibilidad funcional, permite atribuir responsabilidad a altos funcionarios que, sin tener contacto directo con los recursos, tienen el poder jurídico para disponer de ellos de manera ilícita y el deber de vigilarlos, reforzando así la protección del patrimonio público.
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Puede un tribunal administrativo, rechazar el recurso extraordinario de unificación de jurisprudncia, habiendose interpuesto y sustentado en el mismo memorial de interposición del recurso?
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Se expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes Artículo 63-1. Objeto Ley de Protección Integral a la Familia Artículo 6o. Día nacional de la familia Normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental Artículo 107. Responsabilidad de los guardadores Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social 2025 Artículo 315. Medidas cautelares en procesos declarativos Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Colombia sobre Ferias y Eventos de Frontera Artículo 1o.Publique la información de sí mismo
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