Ley General de Bomberos Artículo 42 Colombia
Ley General de Bomberos
Artículo 42. Inspecciones y certificados de seguridad
Los cuerpos de bomberos son los órganos competentes para la realización de las labores de inspecciones en prevención de incendios y seguridad humana en edificaciones públicas, privadas y particularmente en los establecimientos públicos de comercio e industriales, e informarán a la entidad competente el cumplimiento de las normas de seguridad en general. De igual manera, para la realización de eventos masivos y/o pirotécnicos, harán cumplir toda la normativa vigente en cuanto a la gestión integral del riesgo contra incendio y calamidades conexas. Estas inspecciones, contemplarán los siguientes aspectos:1. Realización de inspección y prueba anual de los sistemas de protección contra incendio de acuerdo a la normativa vigente.
2. Realización de inspecciones técnicas planeadas referentes a incendio y seguridad humana.
Todos los ciudadanos deberán facilitar en sus instalaciones las inspecciones de seguridad humana y técnicas que el cuerpo de bomberos realice como medida de prevención y durante las acciones de control.
Colombia Art. 42 Ley General de Bomberos Ley 1575 de 2012
Mejores juristas
·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Norman Agudelo
Abogado Jesús Crúz Olivella
¿Cuál es la vigencia de un certificado de bomberos? Puede el cuerpo de bomberos de un municipio imponer la vigencia desde la fecha que se expida hasta el 31 de diciembre del mismo año?
Buenas tardes, es obligatorio anualmente renovar ese certificado. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
Email: [email protected]
Sitio web: https://iustateraabogados.co/
WhatsApp: 3014502210
facebook.com/iustateraabogados/
CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Alguien me puede indicar si es de carácter obligatorio sacar este certificado cada año y que costo tiene para establecimientos abiertos al publico
Gracias por la colaboración Marcela Ossa
Responder en la pagina.
Leer de nuevo
Código de Régimen Departamental Artículo 74. Código de Régimen Departamental Artículo 182. Código de Régimen Departamental Artículo 53. Ley Consuelo Devis Saavedra Artículo 5o. Derechos de los pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles de alto impacto en la calidad de vidaRecomendados
Ley General de Bomberos Artículo 45. Créese el registro único nacional de estadísticas de bomberos (rue) Ley General de Bomberos Artículo 40. Comités regionales y locales para la atención y prevención de desastres Ley General de Bomberos Artículo 51. Modificación ley 909 de 2004 Código Nacional de Tránsito Terrestre Artículo 135. Procedimiento Código de Procedimiento Penal Artículo 301. FlagranciaPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios