Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral Artículo 14 Colombia
Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral
Artículo 14. Temeridad de la queja de acoso laboral
Cuando, a juicio del Ministerio Público o del juez laboral competente, la queja de acoso laboral carezca de todo fundamento fáctico o razonable, se impondrá a quien la formuló una sanción de multa entre medio y tres salarios mínimos legales mensuales, los cuales se descontarán sucesivamente de la remuneración que el quejoso devengue, durante los seis (6) meses siguientes a su imposición.Igual sanción se impondrá a quien formule más de una denuncia o queja de acoso laboral con base en los mismos hechos.
Los dineros recaudados por tales multas se destinarán a la entidad pública a que pertenece la autoridad que la impuso.
Colombia Art. 14 Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo
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El Código General del Proceso en su artículo 376 indica el procedimiento que se debe adelantar en caso de que haya la necesidad de una servidumbre y el propietario del predio que debería permitir el paso, no desee hacerlo de manera voluntaria.
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Aunque los procesos divisorios y los de rendición de cuentas tienen objetivos distintos, en los casos donde la rendición de cuentas está directamente relacionada con la administración que se realizó del bien común, es procedente tramitarla dentro del proceso divisorio.
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cual seria el procedimiento en una riña
Buen día, me están solicitando un inventario solemne, por matrimonio civil. Mi hija de 17 años, a pesar de que no se le administran bienes o recursos, siendo que mi conyugue no es padre de la menor, la notaria exige el documento por un precio irrisorio, que ronda por los 900.000, bajo esta premisa es necesario si a pesar de todo no se manejan bienes de parte de la menor y si así fuera ¿es legal el cobro tan excesivo de este documento?
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