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Se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz Artículo 42 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/11/2025

Se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz
Artículo 42. Derecho de última palabra

Se garantizará el derecho de última palabra y por tanto, el compareciente podrá reconocer su responsabilidad hasta antes de proferirse sentencia, caso en el cual esta se dictará y se aplicarán las sanciones de acuerdo a lo establecido el Acto Legislativo número 01 de 2017.

Sus compromisos con la verdad y el restablecimiento de los derechos de las víctimas serán de obligatorio cumplimiento.

Colombia Art. 42 Se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz
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Cuantas personas como mínimo de necesitan para que se configure el concierto para delinquir?


  1. Si en un sindicato para elección de junta directiva solo se presenta una lista y a pesar de citar varias veces ocurre lo mismo, ¿se puede elegir esa lista y el fiscal de los socios que hagan parte de la asamblea?

Recordemos que los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son regidos por la ley del país donde se encuentran físicamente, en cuanto a su división, posesión, venta, pignoración, cesión, hipoteca etc. Esto significa que cualquier disputa entre la pareja sobre la propiedad, posesión, liquidación etc. de un bien ubicado en un país extranjero, en general debe ser resuelta por los tribunales de dicho país y bajo las leyes de dicho país. Un juez colombiano no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre derechos reales de bienes localizados en el extranjero.


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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Cordial saludo. Un contralor, designado como auxiliar de la justicia,es considerado un funcionario publico? En este caso, que norma le aplica en cuanto a materia tributaria se refiere? Debo practicarle retencion en la fuente, asi no de la base establecida en el Art 338 ET?- Agradezco inmensamente su aporte.

Feliz dia.


Trabaje en una empresa hasta el día 21 de octubre 2025,y a la fecha hoy 15 noviembre 2025,no me han pagado ni sueldo ni liquidaciones, que debo hacer?


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