Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Programa Mundial de Alimentos, PMA, de las Naciones Unidas, firmado el 21 de julio de 1994 (Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Programa Mundial de Aliment) Colombia
Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Programa Mundial de Alimentos
- Artículo 1o. Objetivo general
- Artículo 2o. Objetivo específico
- Artículo 3o. Mecanismos y procedimientos de ejecución de la operación
- Artículo 4o. Responsabilidades
- Artículo 5o. Solución de controversias
- Artículo 6o. Aplicación provisional, entrada en vigor y duración
Otras regulaciones
Disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa Acuerdo sobre Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Indonesia Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú Convención sobre las Misiones Especiales, abierta a la firma en Nueva York La Nación se vincula a la celebración de los cuatrocientos cuarenta y cinco (445) años de la fundación del municipio de VillaviejaMejores juristas





se tiene que modificar ya que la mujer incurre en este delito después de la semana 24 de gestación a menos de que su caso entre en una de las tres causal que se encuentran en la sentencia C-355 de 2006.
¿Qué sucede si, habiendo solicitado de inmediato vía telefónica al Banco la reversión del pago por fraude, este pide que se haga por la web y luego responde que se niega a hacerlo aduciendo que la investigación encuentra que no lo es?
Acerca de lo que dice este art 1324 del Cod Civil, es bueno indicar que muchas veces hay conflictos entre herederos cuando uno o unos de estos asumen por voluntad propia el cuidado material de las cosas que deja la persona difunta, es decir, sin que dicho cuidado haya sido resultado de un acuerdo expreso entre todos los herederos. Es bueno saber entonces que la diferencia entre un heredero que debe responderle a los demás y uno que no debe hacerlo, por los detrimentos que sufran los bienes de la sucesión, es la buena fe con que dicho heredero disponga de los bienes que dejó la persona fallecida. Oponerse a llamados a conciliar, tener conflictos demostrables con los demás herederos en el punto de no permitir la administración de las cosas, violencia, ocultamiento etc. pueden hacer suponer que se actúa de mala fe y en este punto, cualquier detrimento de los bienes de la herencia le puede ser reclamado a dicho heredero que dispone de los bienes en contra de los demás.
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Buenas noches, si usted es el acreedor ejecutante no es necesario que haga el depósito para la postura, siempre y cuando su acreencia supere el 40% del avalúo, de lo contrario deberá depositar el faltante. Pero por otro lado, las reglas del remate son las mismas para los demas postores.
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Buena tarde
Yo soy acreedor, en un remate y mi duda es si yo quiero hacer postura, dicen que tengo que hacerlo por el 100% del avaluo?
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