Se desarrolla el artículo 354 de la Constitución Política, se crea la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se dictan otras disposiciones sobre la materia (Se crea la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Minis) Colombia
Se crea la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Artículo 1o. Contaduría general de la nación
- Artículo 2o. Del contador general de la nación
- Artículo 3o. Funciones del contador general de la nación
- Artículo 4o. Funciones de la contaduría general de la nación
- Artículo 5o. Oficinas contables
- Artículo 6o. Estructura orgánica
- Artículo 7o. Sistema nacional de contabilidad pública
- Artículo 8o. Sistema integrado de información financiera
- Artículo 9o. Contabilidad general de la nación
- Artículo 10. Contabilidad pública
- Artículo 11. Las entidades u organismos de carácter público que actualmente...
- Artículo 12. El Contador General de la Nación o su delegado, será miembro de...
- Artículo 13. Apropiaciones presupuestales
- Artículo 14. Organización interna
- Artículo 15. Estructura orgánica transitoria
- Artículo 16. Vigencia transitoria
- Artículo 17. Vigencia y derogatorias
Otras regulaciones
Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Geógrafo y se dictan otras disposiciones Se rinde honores al señor General José Antonio Anzoátegui y se le reconoce como figura ejemplar de la patria Se declara Monumento Nacional el Templo Parroquial de San Sebastián Se adopta la Resolución de la ONU A/RES/65/309 La Nación se asocia a la conmemoración de los 75 años de la Escuela Naval de Suboficiales ARC BarranquillaMejores juristas





Hola, ningún funcionario ha aceptado incluir en el REDAM al padre moroso indicando q aún no se les ha hecho la hecho por parte del estado la socialización de la ley ni se les ha dado usuario para solicitar la inscripción, qué puedo hacer?
Si el perro de mi vecino en al apto; arriba del mio, late seguidamente , porque desde su balcón lo atraen las mariposas, gatos, perros, transeúntes, por todo late y ese ruido se amplifica en mi apto, generando una situación muy incomoda cuando lo hace por horas seguidamente,
cual es el procedimiento que podría seguir, dado que ya le hable varias veces de la situación a mi vecina y opto por decir que es mi problema q su perro es asi, q esa es la casa del perro....anudado a ello,, hay mas de 14 caninos en el edificio ,situación que genera mucho estrés en mi, pór el continuo ruido de unos latiendo, otros llorando, y vecinos que salen a laborar y deben dejarlos solos todo el dia y otros hasta altas horas de la noche
Por solo uso de la razón y justa causa. El código de tránsito español tiene excepciones lógicas, que permite adelantar a otro vehículo en línea continua.
Pregunto el código colombiano incluye estás exepciones? No entiendo porq no las incluiría.
El artículo 199 del cod civil es una aplicación del principio desarrollado en el artículo 2327 o el 966 del mismo código civil entre otros, principio por el cual se señala que las mejoras útiles se pueden llegar a quitar y llevarlas por quien las hizo, o sea que no se pierden, a menos que al quitarlas se dañe el bien del propietario. Las mejoras útiles se pueden determinar principalmente porque no eran indispensables para el funcionamiento del bien sobre las cuales se instalaron y porque aumentan el valor de dicho bien.
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Ayuda por favor, en notaría le hicimos escritura a mi hijo, el ahora quiere que la casa quede. De nuevo a nombre de el, su hermana y yo como madre se puede hacer?todos somos mayores de edad, la casa antes era mía y le hice escritura a el porque su hermana era menor, ahora ella es de 18 años, mi hijo tiene un hijo de 5 años , entonces porfavor ayudemen el puede hacer la escritura a nombre de el ,heanan y yo. ,Dios le pague desesperada estoy
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