Se crea la estampilla Prodesarrollo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional Artículo 6o Colombia
Se crea la estampilla Prodesarrollo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional
Artículo 6o.
Autorícese al departamento del Tolima y a los departamentos donde se establezcan sedes de este Instituto, para recaudar los valores producidos por el uso de la estampilla Prodesarrollo Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP). PARÁGRAFO 1o. El traslado de los recursos provenientes de la estampilla al Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), o al ente que haga sus veces, en ningún caso superará los treinta (30) días siguientes al recaudo respectivo.
PARÁGRAFO 2o. Los recaudos ordenados en la presente ley serán consignados por el ente recaudador en cuenta especial del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) o del ente que haga sus veces.
Colombia Art. 6o Se crea la estampilla Prodesarrollo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) o del ente que haga sus veces y se dictan otrasdisposiciones
Mejores juristas





Con el debido respeto hay algunos jueces que hacen una interpretación errada del inciso 4?? del articulo 118 cgp pues siendo tan clara la disposición en comento sin haberse decidido los recursos reposición y apelación contra un auto admisorio dela demanda deciden cuestiones como por ejemplo correr traslados de excepciones que equivocadamente se interpusiern, aceptar reformas de demanda y lo peor niegan los terminos que señala la norma para contesarla, hacen uan serie de actuaciones procesales desde luego todas viciadas de irregularidad y nulidada pues no se han decidido los recursos una vez decididos el termino que esta interrumpido comenzara a correr integramente a la notificación de la decisión de la impugnacion. Se equipara la interrupcion con la suspension que son diametralmente opuestos en sus efectos legales aquel comienza el termino integramente la suspension se reanuda por el termin restante o faltante de cumplir.
Las reuniones de empalme del consejo de administración tienen como objetivo garantizar la continuidad en la gestión administrativa y la transferencia de información relevante entre los miembros salientes y entrantes del consejo. Aunque no se menciona explícitamente en la ley 675 la obligación del revisor fiscal de asistir a estas reuniones, su participación se deduce de las obligaciones generales del contador derivadas de la ley 43 de 1990,para así garantizar que los aspectos financieros y administrativos sean correctamente documentados y transferidos.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Y si no hay sindicato ni pacto que se debe hacer?
Debe asistri el revisor fiscal a la reunion de empalme del consejo de administracion?
En principio no existe una norma general que permita autorizar un pagaré mediante una llamada telefónica ante un banco. Sin embargo, esto podría ser posible si está expresamente pactado en el contrato entre el cliente y la entidad financiera, y si se cumplen los requisitos legales y técnicos establecidos en las normas aplicables, como la Ley 527 de 1999 y las demás disposiciones sobre títulos valores electrónicos.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios