Se declara como patrimonio cultural de la Nación a la Feria de Manizales y a la Feria Taurina de Manizales, en el departamento de Caldas y se dictan otras disposiciones (Se declara como patrimonio cultural de la Nación a la Feria de Manizales y a la Feria Taurina de Man) Colombia
Se declara como patrimonio cultural de la Nación a la Feria de Manizales y a la Feria Taurina de Manizales
- Artículo 1o. Declárese como patrimonio cultural de la Nación a la Feria de...
- Artículo 2o. Declárese al municipio de Manizales y a sus habitantes como origen y...
- Artículo 3o. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura...
- Artículo 4o. Esta ley rige a partir de su promulgación. La Presidenta del...
Otras regulaciones
Se adoptan medidas de protección a las víctimas del secuestro y sus familias Monumento Nacional el Templo Parroquial San Antonio de Padua del municipio de Soledad El régimen de propiedad horizontal Se crea el Servicio Social PDET Se regula el hallazgo de bienes por parte del servidor públicoMejores juristas





Si estando en prisión domiciliaria se es revovada por haber salido del domicilio, pero a su vez se tienen las 3/5 partes para el beneficio de la libertad condicional, esta última se puede solicitar?
Buenas tardes soy persona natural. Es posible presentar una querella como apoderado de la victima. O es obligatorio contar con la representación de un abogado?
buena tarde, puede ser rechazada de plano una demanda al momento de resolver excepciones previas, por según el Juez no estar claro algunos elementos de valor dentro del Juramento estimatorio. Gracias
Para calcular a qué tiempo equivalen tres quintas partes de la pena, se puede usar esta fórmula: X= (Pena impuesta X 3 / 5) o esta fórmula X=(Pena impuesta) X 0.6. No obstante este no es el único requisito, ya que el juez evalúa la pertinencia social y legal de dejar una persona por fuera de prisión, así ya haya cumplido este tiempo encerrada, por ejemplo, analizando su conducta al interior de la prisión etc.
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Es bueno indicar al respecto que existe en Colombia el delito de corrupción privada, este es el artículo 250A del Código Penal, el cual tiene que ver con castigar a quien prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o asesores de una sociedad, asociación o fundación una dádiva o cualquier beneficio no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, en perjuicio de aquella.
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