Se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención (Se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una priorid) Colombia
Se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública
- Artículo 1o. Declárase
- Artículo 2o. Ambito de aplicación
- Artículo 3o. Promoción
- Artículo 4o. Estrategias para promover una alimentación balanceada y saludable
- Artículo 5o. Estrategias para promover actividad física
- Artículo 6o. Promoción del transporte activo
- Artículo 7o. Regulación en grasas trans
- Artículo 8o. Regulación en grasas saturadas
- Artículo 9o. Promoción de una dieta balanceada y saludable
- Artículo 10. Etiquetado
- Artículo 11. Regulación del consumo de alimentos y bebidas en centros educativos
- Artículo 12. Publicidad y mercadeo de alimentos y bebidas en medios de comunicación
- Artículo 13. Estrategias de información, educación y comunicación
- Artículo 14. Comercialización de productos para la reducción de peso corporal
- Artículo 15. La comisión intersectorial de seguridad alimentaria y nutricional (cisan)
- Artículo 16. Integración
- Artículo 17. Funciones de la cisan
- Artículo 18. Programas de responsabilidad social empresarial
- Artículo 19. Agenda de investigación
- Artículo 20. Día de lucha contra la obesidad y el sobrepeso y la semana de hábitos de vida saludable
- Artículo 21. Vigilancia
- Artículo 22. Vigencia
Otras regulaciones
La actividad marítima y fluvial de practicaje Se establece pensión vitalicia y otros beneficios a favor de parientes de personas fallecidas durante la prestación del servicio militar obligatorio Se establecen mecanismos para el manejo de los recursos financieros destinados Se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros Concurso Nacional del Bambuco Luis Carlos GonzálezMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
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