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Se desarrolla el artículo 325 de la Constitución política y se expide el régimen especial de la Regi Artículo 29 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Se desarrolla el artículo 325 de la Constitución política y se expide el régimen especial de la Región metropolitana Bogotá
Artículo 29. COMITÉS SECTORIALES Y/O TEMÁTICOS

El Consejo Regional podrá conformar comités sectoriales o temáticos, de carácter consultivo o de coordinación de acciones, en los temas que se consideren necesarios de acuerdo con los hechos metropolitanos definidos y las competencias atribuidas por la ley o delegadas conforme a ella. Los comités sectoriales o temáticos estarán.integrados así:

 

1.  El Director de la Región Metropolitana o el directivo de la respectiva dependencia, agencia o autoridad temática, quien lo presidirá.

 

2. El Secretario, Director o funcionario encargado de la dependencia en la Gobernación de Cundinamarca y el Distrito Capital, o de las oficinas que cumplan la función vinculada al tema o sector relacionado.

 

3. Los Secretarios, Directores o jefes de la correspondiente dependencia de los municipios integrantes de la Región Metropolitana, o por los representantes de los respectivos alcaldes de los municipios en los que no exista dicha oficina o cargo.

 

PARÁGRAFO 1°. Sin perjuicio de lo establecido en la presente ley, las funciones de los comités sectoriales o temáticos serán definidas por el acuerdo que para el efecto dicte el Consejo Regional.

 

PARÁGRAFO 2°. En todos aquellos casos en los que se considere conveniente o necesario, los comités sectoriales o temáticos podrán invitar a sus reuniones a representantes del sector público o privado, que estén en capacidad de aportar a los asuntos que son objeto de estudio de dicha instancia.

 



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La norma máxima para efecto de los signos distintivos es la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, para todos los países miembros de la Comunidad Andina. Además los Decretos reglamentarios y la SIC expide la Circular Única que contiene cómo se debe adelantar los trámites de propiedad industrial en Colombia.


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El depósito es una inscripción que se hace en el registro público de la propiedad industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante el cual se constituye una presunción legal de la fecha desde la cual se entiende que se empezó a usar el nombre comercial, que para el efecto es la fecha de presentación de la solicitud. El depósito no concede derechos, el registro sí. El depósito es un fuerte indicio de la época desde la cual se usa el nombre, para efectos de poder registrarlo.


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Es necesario aclarar un asunto que es de creencia popular y que se consulta mucho. Un contrato laboral a término fijo se puede renovar todas las veces que se desee sin que esto signifique que se convierta en un contrato a término indefinido. Es un error creer que un contrato a término fijo que se renueva muchas veces se convierte en indefinido.


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Buenos días, trabajo desde el 2008 a termino fijo de un año, nunca hubo cortes en mi contrato la continuidad fue siempre a la fecha de hoy, la empresa pasa por ciertas irregularidades contractuales de personal y de intereses políticos de puestos por compromisos.

Se nos cumplió la finalización del contrato el día 30 de abril y el 1 de mayo nos notificaron verbalmente que nuestro contrato sería renovado pero no hubo formalización por escrito como los anteriores, a un compañero un día después le despidieron ya habiendo laborado día y medio, esto es legal? Tendría que indemnizar? Por tener contrato continuos sin cortes desde el 2008 se puede convertir en indefinido? Podríamos tener derecho a indemnización? Si nos obligan a trabajar con disponibilidad 24/7 tendrían que pagarnos las horas que disponemos y que no podemos utilizar como descanso ni para disfrutar tiempo familiar?


¿Cuáles son los elementos esenciales, de la naturaleza y accidentales del contrato de cuentas en participación? y ¿Cuál es la clasificación de este contrato en la legislación colombiana?


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